La empresa Rutas de Lima S.A.C., encargada de administrar el cobro de peajes en la garita de Chillón, en el tramo de la Panamericana Norte, se refirió a la decisión emitida por el Sétimo Juzgado Civil, que ordena la suspensión de esta recaudación.
Como se sabe, el juez Juan Gustavo Varillas Solano fue el encargado de resolver una demanda presentada por la asociación Casa Huerta El Paraíso - Puente Piedra. Su decisión fue paralizar de forma provisional el cobro de peaje, luego de que la empresa Rutas de Lima anunció que la tarifa aumente en S/1. En ese sentido, ordenó que la Policía Nacional del Perú cierre las unidades del peaje, ubicado en el distrito limeño de Puente Piedra.
Mediante un comunicado, Rutas de Lima respondió que esta medida atenta contra sus derechos reconocidos en el contrato de concesión, que suscribieron con la Municipalidad de Lima.
Explicaron que un juzgado comercial, como el Sétimo Juzgado Civil, no tiene poder para pronunciarse respecto a si es válido o no lo indicado en el contrato de concesión, entre Rutas de Lima y la Municipalidad de Lima.
Desde la perspectiva de la compañía, solo un tribunal arbitral, constituido de acuerdo a lo indicado en el contrato de concesión, puede resolver controversias relacionadas al contrato e incluso decidir si es válido o no este documento.
Afirmaron que este fuero ya existe y ha ordenado que Rutas de Lima continúe operando en el marco de lo indicado en el contrato de concesión.
“En este momento, precisamente, existe un tribunal arbitral que está encargado de resolver las controversias en curso entre Rutas de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima. Dicho tribunal ha ordenado que se mantenga el status quo de la concesión, mientras se resuelve el arbitraje en curso, lo cual incluye el cobro de los peajes correspondientes a todas las unidades de peaje de la concesión”, se lee en el documento difundido este viernes 26 de enero.
Los representantes de Rutas de Lima señalaron que la medida cautelar, otorgada por el Sétimo Juzgado Civil, a pedido de la asociación Casa Huerta El Paraíso - Puente Piedra, atenta contra lo indicado en el artículo 62 de la Constitución Política peruana. Según ellos, esta norma “protege los contratos y dispone que sus términos no pueden ser modificados por disposiciones de cualquier clase”.

Aseguraron que aún no les han notificado lo dispuesto por el juez Juan Gustavo Varillas Solano y que, si esto sucede, responderán conforme a los derechos que la Constitución les reconoce.
“En consecuencia se reserva todos sus derechos en relación a los sustanciales daños que se generarían tanto a Rutas de Lima como a sus inversionistas, como consecuencia de la aplicación de tal medida, la cual supone una grave vulneración de los derechos otorgados bajo el contrato de concesión, así como de los tratados internacionales suscritos por el Estado peruano”, advirtieron.
La empresa Rutas de Lima finalizó su comunicado haciendo hincapié en que la reciente medida cautelar otorgada a favor de la mencionada asociación no tiene relación con el proceso legal de solicitud de hábeas corpus, que se ha tramitado en el Tribunal Constitucional.
También señalaron que la Municipalidad de Lima y otras entidades participan de una campaña para desprestigiar a Rutas de Lima, a través de declaraciones difamatorias.
“Invocamos a que se respete nuestra libertad de empresa y a que las autoridades garanticen la seguridad e integridad de nuestros colaboradores”, finalizaron.
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