
Fuerza Popular acordó suspender de la militancia al congresista Juan Carlos Lizarzaburu, representante de peruanos en el exterior, por las frases sexistas en agravio de su colega Patricia Juárez en una sesión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales.
Así lo decidió la encargada de la Secretaría Nacional de Disciplina del partido, Carmela Paucará Paxi, cuya decisión es de primera instancia. Lizarzaburu, de considerarlo, puede apelar el fallo ante el Tribunal Nacional Disciplinario de Fuerza Popular.
Sin embargo, se desconoce si el legislador impugnará la decisión que lo separa medio año de la agrupación política toda vez que no se apersonó ni presentó descargos ante la denuncia en su contra. Ello se desprende de una resolución del expediente al que accedió Infobae Perú.
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“Dado cuenta y advirtiendo que no se han recepcionado los descargos del afiliado investigado; asimismo, se ha recabado información periodística complementaria a la precisada en el inicio de investigación. Téngase presente a fin de que formen parte de los medios probatorios en el esclarecimiento de los hechos”, se lee en la resolución del 5 de enero de este año.

Días después, Paucará emitió la resolución que sanciona a Juan Carlos Lizarzaburu. En este documento, se asegura que el congresista “no ha actuado con ética y no ha dado muestras de una buena conducta” al haber dado “expresiones impertinentes e irrespetuosos haciendo alusión a la afiliada y congresista Patricia Juárez que resultaron ofensivas e insolentes en su condición de mujer y parlamentaria”.
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También se acredito que Lizarzaburu faltó al deber de “desempeñar a cabalidad los cargos para los que fueran elegidos o designados” por expresar comentarios “irrespetuosos, irrepetibles y fuera de contexto al tema tratado durante el desarrollo de una sesión extraordinaria de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales”.

¿Cómo se determinó la sanción contra Lizarzaburu?
La resolución a la que accedió Infobae Perú también revela los hechos que consideró la encargada de la Secretaría Nacional de Disciplina de Fuerza Popular para imponerle únicamente 6 meses de suspensión a Juan Carlos Lizarzaburu.
Cabe precisar que la sanción dictada es la mínima para una falta grave imputada, según el Estatuto del partido. Este documento establece que las faltas graves son castigadas con suspensión de entre 6 y 36 meses.
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Como primer hecho atenuante a favor de Lizarzaburu se considera que este “realizó los descargos de forma pública y expresó disculpas, auto reprochándose y allanándose a los procesos disciplinarios que se originen a raíz de su errada conducta”.
También se toma en cuenta que el parlamentario no ha sido sancionado antes ni en Fuerza Popular ni en el Congreso y que no se le ha abierto investigación fiscal por la presunta comisión de delitos.

“Esta secretaría considera que debe imponerse una sanción que fomente la reflexión y la corrección de conductas, así como que sea una sanción de ejemplar, por lo que considera que es aplicable la suspensión de sus derechos contenidos en el artículo 13 del Estatuto, por el plazo de 6 meses”, estimó Carmela Paucará Paxi.
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Por estos argumentos, Paucará resolvió:
“Imponer la sanción disciplinaria de suspensión de los derechos partidarios por el plazo de 6 meses contenidos en el artículo 13 del Estatuto de Fuerza Popular al afiliado Juan Carlos Martín Lizarzaburu Lizarzaburu, en el proceso disciplinario por la comisión de la falta descrita en el literal C. del artículo 25 del Estatuto, al haber incumplido los deberes contenidos en el literal D. y G. del estatuto partidario”.

Plazos
La resolución que suspende 6 meses a Juan Carlos Lizarzaburu se le fue notificada el último domingo 14 de enero. Por lo tanto, tiene plazo hasta hoy martes 16 de enero para presentar el recurso de apelación.
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