Entra en vigencia Ley del joven empresario: los pro y contra de la norma

Norma brinda beneficios tributarios a empresas que contraten a jóvenes de 18 a 29 años, sin embargo también es cuestionada por expertos en la materia. ¿Por qué?

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Ley de Joven Empresario rige
Ley de Joven Empresario rige durante todo este 2024. Foto: Andina

Desde el 1 de enero del 2024, entró en vigor la Ley de Joven Empresario, norma que ofrece un estímulo significativo a las empresas para la inclusión laboral de los jóvenes.

Bajo esta ley, las entidades empleadoras que contraten a trabajadores jóvenes podrán beneficiarse con algunos incentivos, entre ellos una deducción adicional del 50% en la remuneración básica para el cálculo del Impuesto a la Renta para los años 2024 y 2025.

El pasado julio del año pasado, el Congreso de la República promulgó dicha ley N° 31828 con el fin de brindar beneficios tributarios a las empresas que contraten a jóvenes de 18 a 29 años a partir del 1 de enero del 2024. Los nuevos contratados deben cumplir con estos requisitos:

Ley de joven empresario: ¿qué requisitos piden a los nuevos contratados?

  • No deben haber contado con empleo en planilla por al menos 12 meses previos a su contratación.
  • Su remuneración no debe superar los S/1.700 y su contrato debe ser de un mes como plazo mínimo.
  • El contrato de dichos trabajadores debe aplicarse a partir del 1 de enero del 2024, según la ley.
Trabajadores estatales recibirán mejores y
Trabajadores estatales recibirán mejores y beneficios de cara al 2024. (Andina)

Ley del joven empresario: los pros y contra de norma

Aunque esta ley tiene como objeto establecer un marco normativo para generar fuentes de trabajo, especialistas en la materia consultados por Infobae señalaron que la norma, pendiente aún de reglamentarse, no resulta del todo beneficiosa y puede presentar efectos adversos.

De acuerdo con la abogada tributarista Sandra Escudero, asociada del estudio DLA Piper, las ventajas expuestas en el documento oficial están más orientadas a los empleadores, que a los propios trabajadores.

Según la especialista, el único nuevo beneficio para los empleadores solo es la deducción de impuesto a la renta, porque la devolución de Impuesto General a las Ventas (IGV) para exportaciones de bienes y servicios está incluida en una norma que ya existe.

La abogada manifestó que el lado adverso de la ley se lo llevan los trabajadores debido a los requisitos poco atractivos que tienen que cumplir para ser contratados como no haber estado en una planilla en un periodo previo de 12 meses, es decir que hayan estado en situación de desempleo total durante 1 año.

“Esto restringe bastante la oferta laboral para muchas personas, puesto que si bien podían estar en un empleo provisional, la ley va a impedir que accedan a nuevas plazas”, apuntó Escudero.

Nueva ley tiene busca generar
Nueva ley tiene busca generar fuentes de trabajo para jóvenes que contribuyan con éxito al desarrollo del país.

Por su parte, el abogado Miguel Carrillo, consultado por esta redacción, coincide en los mismos cuestionamientos.

Si bien el objetivo de esta ley generar fuentes de trabajo, ambos expertos señalan que hay que preguntarse si los requisitos están llevando a dicha finalidad. Esto, debido a que otro requisito para los nuevos trabajadores es que el plazo mínimo de vigencia de contrato debe ser de un mes, es decir no asegura la temporalidad al empleado.

Beneficios para jóvenes que hayan constituido empresas

  • Deducción adicional del 50% en la remuneración básica para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) para los ejercicios 2024 y 2025.
  • El estímulo aplicará para las empresas del régimen general y Mype Tributario

De acuerdo con Germán Lora, socio de Damma Legal Advisors, la ley representa un avance positivo con el fin de dar solución al empleo de los jóvenes. En tanto, el abogado César Puntriano, sostiene que la norma discrimina a aquellos trabajadores mayores de 29 años, debido a que puede incentivar el despido de personal para reemplazarlos por un grupo etario menor para obtener el beneficio tributario.

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