
El Tribunal Constitucional rechazó, por mayoría, el habeas corpus a favor de la cuñada del golpista expresidente Pedro Castillo, Yenifer Paredes, con el que buscaba anular la investigación que se le sigue por presunta organización criminal, colusión agravada y lavado de activos en el denominado Caso Anguía. Ello con el objetivo de que la competencia del caso pase a la Corte Suprema.
El recurso —dirigido contra la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, y el juez Johnny Gómez, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional— también requería la anulación de la orden de prisión preventiva que se le dictó en agosto de 2022. Sin embargo, el TC declaró la sustracción de la materia en este extremo al haber sido revocada en octubre del mismo año.
De acuerdo con el abogado Marco Riveros Ramos, autor del habeas corpus, Yenifer Paredes “es víctima de un vejamen y un trato desigual o discriminatorio” en el Poder Judicial por ser familiar del golpista exmandatario.
El abogado considera que el juez que debería estar a cargo del proceso penal contra la hermana de la exprimera dama Lilia Paredes es el juez supremo Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria ya que este magistrado lleva el caso contra Pedro Castillo, sindicado de ser el líder de la organización criminal del Caso Anguía.
En respuesta, la Fiscalía de la Nación precisó que, en efecto, el Equipo Especial contra la Corrupción en el Poder investiga a Yenifer Paredes y Pedro Castillo por este caso, pero en carpetas fiscales separadas divididas entre aforados y no aforados.
Por ejemplo, Yenifer Paredes, la exprimera dama Lilia Paredes y el exalcalde de Anguía Nenil Medina son procesados a nivel de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, mientras que el expresidente y el exministro Geiner Alvarado en la Corte Suprema, al tener la prerrogativa de antejuicio político.

Los magistrados Francisco Morales, Luz Pacheco, Helder Domínguez, Manuel Monteagudo y César Ochoa estimaron los argumentos del Ministerio Público y calificó de “inviable” la demanda de Paredes para que su causa sea tramitada y procesada por el juez supremo Juan Carlos Checkley.
El TC también desestimó los argumentos respecto a un supuesto “trato desigual o discriminatorio” al corroborar que ejerció debidamente su derecho a la defensa a través de su abogado de libre elección.
“Este Tribunal no aprecia en los actuados y demás instrumentales elementos que generen un mínimo de verosimilitud de que se haya producido alguna actuación judicial que configure la vulneración del derecho de la favorecida a la igualdad en la aplicación de la ley”, concluyeron los magistrados.
04450-2022-HC by Diego Casimiro on Scribd
La posición del magistrado Gustavo Gutiérrez
El magistrado Gustavo Gutiérrez emitió un voto singular en el que aboga para que la demanda a favor de Yenifer Paredes se debate tras una audiencia con participación de las partes.
“Dejar sin posibilidad de informar oralmente a la defensa de la beneficiaria solo abona en el rechazo al sistema legal y no pacificamos el ordenamiento jurídico. Es pertinente otorgar a los actores las condiciones que se requieran sobre todo en casos de relevancia social, complejidad, nivel de la pena, entre otros criterios que el colegiado debe tomar en consideración”, argumentó Gutiérrez.
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