
La presidenta de la República, Dina Boluarte, intervino este martes 19 de setiembre en el debate general de alto nivel, llevado a cabo en el 78.º periodo de sesiones de la Asamblea General de la ONU. Durante su participación, la mandataria invocó aplicar la Carta de las Naciones Unidas con el fin de alcanzar la pacificación nacional.
De acuerdo a la web del organismo, el mencionado instrumento, firmado el pasado 26 de junio de 1945, “es un tratado internacional, vinculante para los Estados Miembros de la ONU, que codifica los principios básicos de las relaciones internacionales que van desde la igualdad soberana de los Estados a la prohibición del uso de fuerza en cualquier forma inconsistente con los propósitos de las Naciones Unidas”.

En el texto se precisa que, si bien “ninguna disposición de esta Carta autorizará a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, ni obligará; a los Miembros a someter dichos asuntos a procedimientos de arreglo conforme a la presente Carta; este principio no se opone a la aplicación de las medidas coercitivas prescritas en el Capítulo VII”.
¿Qué menciona el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas?
El capítulo denominado “Acción en caso de amenazas a la paz, quebrantamientos de la paz o actos de agresión”, está compuesto desde los artículos 39 hasta el 51. En él, se precisa que “el Consejo de Seguridad determinará la existencia de toda amenaza a la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión y hará recomendaciones o decidirá qué medidas serán tomadas”.
“El Consejo de Seguridad podrá decidir qué medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada han de emplearse para hacer efectivas sus decisiones, y podrá instar a los Miembros de las Naciones Unidas a que apliquen dichas medidas, que podrán comprender la interrupción total o parcial de las relaciones económicas y de las comunicaciones ferroviarias, marítimas, aéreas, postales, telegráficas, radioeléctricas, y otros medios de comunicación, así como la ruptura de relaciones diplomáticas”, se lee.

Cabe mencionar que, si bien el número de integrantes originales de las Naciones Unidas en 1945 fueron 51, en la actualidad la lista está conformada por todos los países oficiales e independientes del mundo a excepción de la Ciudad del Vaticano, que posee el rol de estado observador.
Si bien las medidas son vinculantes, existen cinco países a los que se les otorgó una herramienta de voto especial, conocida como “poder de veto”, con el cual pueden oponerse a una ley o decreto que el Congreso le envía para su promulgación. Estas naciones son: China, Francia, Federación de Rusia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y Estados Unidos.
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