CTS 2023: empleadores que no depositen serán multados con S/ 129 mil

La Cámara de Comercio de Lima recordó que la Sunafil puede sancionar a las empresas que no cumplan con el depósito de este beneficio hasta el 15 de mayo, fecha en la que culmina el plazo.

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CTS 2023: empleadores que no
CTS 2023: empleadores que no depositen serán multados con S/129 mil

La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio económico laboral y su objetivo es proteger a los trabajadores con un seguro de desempleo para que cuando finalicen su relación laboral con su empresa, por cualquier motivo, hasta que consigan un nuevo puesto de trabajo no pasen por dificultades económicas.

La CTS es equivalente a un sueldo por año y se deposita en dos cuotas: una en mayo y otra en noviembre. Los trabajadores que tienen el derecho a percibir este beneficio deben laborar en una empresa del sector privado al menos por un mes y cumplir con una jornada mínima de cuatro horas días o veinte horas a la semana.

El plazo para que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas depositen el monto correspondiente el periodo trabajado entre el 1 de noviembre y el 20 de abril, vence este lunes 15 de mayo y aquellas que no cumplan con esta normativa serán sancionadas con multas que superan los S/ 129 mil.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) señaló que la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) es la entidad encargada de aplicar las multas correspondientes por no depositar la CTS dentro del plazo establecido, lo cual es considerado como una infracción grave. La escala de multas es diferenciada de acuerdo al tamaño de la empresa:

Microempresa: Multa mínima de S/ 544 y máxima de S/ 2.227

Pequeña empresa: Multa mínima de S/ 2.227 y máxima de S/ 22.275

Mediana y gran empresa: Multa mínima de S/ 7.771 y máxima de S/ 129.294

La entidad precisó que para la imposición de las sanciones se tiene en cuenta el sector al que pertenece la empresa y el número de trabajadores afectados.

Multas por no depositar CTS
Multas por no depositar CTS - Fuente: Centro Legal de la CCL

Libre disposición

El dinero depositado en las cuentas CTS no pueden ser retirados ni transferidos, a menos que se cuente con cuatro remuneraciones brutas ahorradas. Solo el monto excedente podrá ser de libre disposición, sin embargo, continúa vigente un decreto supremo que autoriza el retiro del 100% hasta el 31 de diciembre de este año. Esto significa que el deposito de CTS correspondiente al mes de noviembre también podrá ser retirado por los trabajadores.

“Mediante Decreto Supremo 011-2022-TR se ha autorizado por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2023 a disponer libremente hasta del100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición”, explicó Alicia Jiménez, asociada principal del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU).

Hasta el 31 de diciembre
Hasta el 31 de diciembre de 2023 se puede disponer libremente del 100% de los depósitos por CTS (Andina)

¿Cómo calcular el monto de CTS?

El monto de CTS que le corresponde a cada trabajador varía de acuerdo al tipo de empresa, tiempo laborado y sueldo bruto.

Mediana y gran empresa: El trabajador recibirá el 50% de su sueldo del mes anterior, más a 1/6 del monto que recibió como concepto de gratificación en diciembre del año pasado. Esto siempre y cuando el trabajador haya laborado desde o antes del 1 de noviembre del 2022, de lo contrario percibirá un sexto del sueldo por cada mes laborado más un sexto de la gratificación.

Pequeña empresa: Si no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores tienen derecho a recibir el 100% de un sueldo mensual por año. Si la empresa está inscrita en Remype, los trabajadores contratados antes de la inscripción tienen derecho a percibir el 100% de un sueldo mensual por año y los contratados posteriormente solo tienen derecho a recibir el 50% de un sueldo mensual por año.

Microempresa: Si no está inscrita en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), todos sus trabajadores tienen derecho a recibir el 100% de un sueldo mensual por año. Si la empresa está inscrita en Remype, los trabajadores contratados antes de la inscripción tienen derecho a percibir el 100% de un sueldo mensual por año y los contratados posteriormente no tienen derecho a recibir este beneficio.

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