
Transformar un costo en oportunidad: la lógica detrás del FAL. ¿Cuánto le costaría a tu empresa afrontar hoy una desvinculación? Es una pregunta que pocos empleadores pueden responder con precisión, porque se trata de un pasivo incierto por naturaleza.
Lo que pocos saben es que, a partir del 1 de junio de 2026, una parte de lo que hoy se paga en contribuciones patronales comenzará a acumularse en un fondo a nombre de la propia empresa. Este fondo genera rendimientos y queda disponible para cubrir el costo de eventuales despidos. Eso es el Fondo de Asistencia Laboral.
Comprender su funcionamiento puede incidir directamente en la planificación financiera de cualquier organización.
Qué cambia y qué no
La Ley 27.802 crea un régimen obligatorio mediante el cual los empleadores destinarán un porcentaje de sus contribuciones patronales al FAL: 1% para grandes empresas y 2,5% para pyme. Ese capital se constituye como un patrimonio separado, inembargable y de afectación específica: solo puede usarse para el pago de indemnizaciones laborales.
La ley prevé una reducción equivalente en las contribuciones patronales para compensar el aporte: la carga total no varía
Es importante aclarar -y aquí radica el principal motivo de confusión- que esto no implica un costo adicional. La ley prevé una reducción equivalente en las contribuciones patronales para compensar el aporte: la carga total no varía, simplemente cambia el destino de una parte de ese flujo. Lo que antes se destinaba en su totalidad a Anses, ahora pasa a trabajar para la propia empresa.
Herramienta de planificación, no solo de cumplimiento
El FAL cubre las principales contingencias laborales: despido sin causa, preaviso, integración del mes de despido, incapacidad laboral, fuerza mayor, fallecimiento y mutuo acuerdo. En todos los casos, aplica para trabajadores registrados con al menos 12 meses de antigüedad.

Al margen de la cobertura, el FAL permite modificar la lógica de gestión del pasivo laboral. Actualmente, una desvinculación implica un egreso de caja inmediato e impredecible. Con el fondo constituido, esa obligación está provisionada, genera rendimientos en el tiempo y reduce la incertidumbre financiera ante reestructuraciones.
Ventajas fiscales
Los rendimientos del fondo están exentos del Impuesto a las Ganancias y no están alcanzados por IVA. En un entorno donde la tasa de interés en pesos sigue siendo elevada en el equivalente en dólares, el capital acumulado crece con una eficiencia que pocas alternativas de inversión corporativa pueden igualar.
La ley también habilita aportes voluntarios adicionales por encima de la contribución obligatoria. Esto permite agilizar la constitución del fondo y fortalecer la cobertura para empresas con nóminas más expuestas.
El dato que le da dimensión al fenómeno
Además de sus efectos en cada empresa, el FAL tiene una lectura macroeconómica relevante. La implementación del régimen implicará el ingreso de un flujo nuevo y recurrente estimado en torno a USD 2.000 millones anuales al mercado de capitales argentino.
Se trata de una masa de recursos de origen sistémico y carácter permanente, con uso potencial para mejorar la liquidez y la profundidad de un mercado históricamente deficitario en estos aspectos.
La implementación del régimen implicará el ingreso de un flujo nuevo y recurrente estimado en torno a USD 2.000 millones anuales al mercado de capitales
La ventana es corta
La vigencia arranca el 1 de junio de 2026 y la adhesión es obligatoria. Las empresas deberán elegir un administrador autorizado por la Comisión Nacional de Valores, el ente regulador del mercado de capitales argentino. Tomar esa decisión con tiempo y asesoramiento adecuado puede incidir tanto en las condiciones que se obtienen como en la estrategia de constitución del fondo.
El pasivo laboral siempre existió. La novedad es que, por primera vez, hay un instrumento que transforma ese riesgo en un recurso disponible para las organizaciones.
El autor es CEO, IEB Fondos de Inversión
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