
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el viernes 17 de noviembre se celebró el séptimo aniversario de la sanción de la Ley N° 5.688, que instauró el Sistema Integral de Seguridad Pública y creó la Policía de la Ciudad, sentando las bases jurídicas e institucionales de la seguridad ciudadana.
La seguridad es un deber propio e irrenunciable del Estado porteño, que debe arbitrar los medios para salvaguardar la libertad, la integridad y los derechos de las personas, así como preservar el orden público, implementando políticas tendientes a asegurar la convivencia y fortalecer la cohesión social, posibilitando el goce y pleno ejercicio, por parte de las personas, de las libertades, derechos y garantías constitucionalmente consagrados.
Se debe destacar, que el concepto de seguridad ha sufrido transformaciones a lo largo de la historia para dar respuesta a la realidad de cada época y a las necesidades estatales y sociales. Las instituciones policiales y sus responsables detentan el desafío de contribuir a configurar entornos más seguros, habitables y con mayores grados de cohesión social e integración con la comunidad para lograr la paz social.
Muchas organizaciones policiales y especialmente sus conducciones tienen un distanciamiento histórico con la ciudadanía, que es percibida como una figura alejada, indiferente y desconectada de las necesidades y los requerimientos de los habitantes. El paradigma de la seguridad ciudadana es una construcción conjunta entre la comunidad y su policía, y constituye una garantía constitucional.
En tal sentido, la innovadora Ley N° 5688 establece como principios rectores del nuevo cuerpo de seguridad ciudadana los siguientes: el gobierno civil, la cercanía, la participación ciudadana, la innovación, la transparencia, la prevención, la desburocratización, la eficacia y la eficiencia.
Entre los más diferenciadores de otros modelos policiales se destaca el principio de “gobierno civil” de la seguridad pública, que consiste básicamente en el ejercicio del control y la fiscalización por personas civiles -sin estado policial- de la gestión institucional, la administración, la gobernanza, el desarrollo del proceso de formación y la capacitación de todos los participantes del sistema integral de seguridad. Asimismo, este principio rector, ha garantizado durante estos siete años un alto grado de participación ciudadana en la toma de decisiones y la construcción de la seguridad ciudadana en forma conjunta entre la comunidad y su policía.

Por otro lado, se destaca en la Ley N° 5.688 la incorporación del sistema de “frenos y contrapesos”, propio de la teoría constitucional, que interrelaciona los poderes públicos en un marco de múltiples equilibrios y controles cruzados entre los componentes del Sistema Integral de Seguridad. Entre ellos encontramos diferentes instancias: el realizado por la Comisión de Seguridad de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires; el control de los vecinos en el proceso de designación del Jefe de Policía de la Ciudad; el control de la Oficina de Transparencia y Control Externo de la Policía de la Ciudad a cargo de un civil; el control en relación a la transparencia y la rendición de cuentas, mediante declaraciones juradas patrimoniales; el control por medio de la participación vecinal en los Foros de Seguridad Pública -FOSEP- y el Programa Comisarías Cercanas.
A siete años de la sanción de la transformadora Ley N° 5.688, la cual crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, bajo un nuevo modelo de administración policial en la Argentina, se puede afirmar que la asunción de la seguridad ciudadana por el Gobierno porteño, contribuyó a una indudable mejora de la calidad de servicio de seguridad, pero asimismo estamos convencidos de que el sistema requiere seguir realizando los ajustes necesarios para incrementar la seguridad ciudadana, entendiendo a esta última como el bienestar y el libre ejercicio de derechos ciudadanos.
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