Desafuero: cuando la gravedad de las imputaciones importa

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La ex presidente Cristina Kirchner disfruta de protección gracias a sus fueros como senadora  (Foto: Guille Llamos)
La ex presidente Cristina Kirchner disfruta de protección gracias a sus fueros como senadora  (Foto: Guille Llamos)

Tratándose de un desafuero de un legislador nacional por acusaciones que pesen en la órbita judicial, es menester tomar en cuenta que la actitud a tomar por parte del propio cuerpo legislativo al cual pertenezca debe estar en proporción a la gravedad de las imputaciones que se formulen por parte del fiscal y del juez interviniente.

En principio, hay que tener presente que cabe el desafuero mientras se tramita el proceso penal en casos tales como si el legislador se niegue a prestar declaración indagatoria, o también si obstaculiza de otra manera la sustanciación de la causa que tramita el tribunal o, además, si existe la sospecha de una fuga que pueda malograr el curso del trámite judicial.

En cuanto a lo que se refiere a la finalización de la causa, se debe tener presente que si la sentencia es condenatoria, resulta entonces necesario el desafuero en términos inmediatos, ya que ello es consustancial con la no presunción de inocencia. Es dable estimar que una sentencia es apelable en esos casos y que queda pendiente la instancia superior y el momento de que pueda considerarse sentencia definitiva.

Por lo demás, son numerosos los casos de controversia al respecto y la diversidad de opiniones acerca de la situación que se plantea con el apartamiento de un legislador que, en caso de ser absuelto, recuperaría sus fueros, reincorporándose al cuerpo legislativo de su pertenencia.

Se trata siempre de situaciones muy especiales y extraordinarias que se consuman frente a la separación de poderes y a la imprescindible necesidad de que los jueces actúen con un criterio de rigurosa objetividad y no con estimaciones meramente subjetivas.

El autor fue ministro de Justicia de la Nación.