
El Gobierno nacional reglamentó un nuevo esquema de circulación para los productos fabricados en Tierra del Fuego. A través de la Resolución 286/2025, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía definió las mercaderías que podrán ser comercializadas bajo el régimen simplificado de importación de pequeños envíos, creado por el Decreto 334/2025. Esta herramienta permitirá a las empresas adheridas al régimen promocional fueguino realizar despachos directos a consumidores finales en el continente, bajo ciertas condiciones.
La medida alcanza a bienes producidos al amparo de la Ley 19.640, que establece un régimen aduanero especial para la provincia más austral del país. Si bien los beneficios impositivos del régimen ya estaban vigentes, esta resolución introduce un canal ágil y trazable para el envío puerta a puerta de productos de uso personal, sin necesidad de intermediarios comerciales ni procesos aduaneros complejos.
Un nuevo canal logístico para el modelo insular
El régimen se enmarca dentro de los esfuerzos por consolidar un esquema logístico eficiente para Tierra del Fuego, promoviendo un vínculo directo entre las plantas industriales radicadas en la isla y los consumidores del territorio continental argentino. Para ello, se habilita la posibilidad de realizar pequeños envíos con fines personales —no comerciales— desde las empresas fabricantes hasta personas humanas.
Esto representa una optimización de los circuitos de distribución: se simplifican procesos administrativos, se reducen costos operativos y se agilizan los tiempos de entrega. Al mismo tiempo, se introduce una mayor exigencia en términos de control, ya que los productos deberán contar con una acreditación de origen específica, conforme al procedimiento establecido por la Resolución 4712/80 de la ex Administración Nacional de Aduanas.
Requisitos para acceder al régimen
Solo podrán enviar productos bajo este mecanismo las empresas que estén adheridas a la prórroga del Régimen Industrial Promocional definido en el Decreto 727/21 y su modificatorio. Además, cada producto incluido debe estar previamente registrado y aprobado en un listado oficial —el Anexo I de la Resolución— y contar con certificación de origen vinculada al Área Aduanera Especial.
Los destinatarios deben ser personas humanas radicadas en el territorio continental argentino, y el uso debe ser exclusivo para consumo propio. Está expresamente prohibida su reventa o comercialización, lo que refuerza el carácter no comercial de esta vía de importación.
En términos operativos, este régimen implicará la coordinación entre operadores logísticos, empresas industriales y Aduana, tanto para garantizar la trazabilidad como para cumplir con las exigencias del circuito simplificado. La logística deberá contemplar rutas eficientes desde Tierra del Fuego —vía aérea o marítima— hasta los centros de distribución o entrega final en el resto del país.

Trazabilidad, origen y control aduanero
Uno de los objetivos centrales de la resolución es garantizar la transparencia en el flujo de mercaderías amparadas por beneficios fiscales. Para ello, la trazabilidad juega un rol clave. La obligatoriedad de acreditar el origen industrial y geográfico del producto busca evitar desvíos en el circuito comercial y asegurar que solo circulen bienes legítimos dentro del régimen especial.
Además, se fortalece el rol de la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales, que tendrá a su cargo la supervisión del cumplimiento de los criterios y la actualización del listado de productos habilitados.
Este enfoque promueve un esquema logístico más ordenado, con control documental desde origen, lo cual eleva los estándares de trazabilidad logística y aduanera, alineándolos con prácticas internacionales.
Potencial impacto para la logística nacional
Aunque el régimen está limitado a pequeños envíos de uso personal, puede tener un efecto dinamizador para el sector logístico argentino. Las empresas transportistas deberán adaptar sus servicios para ofrecer soluciones eficientes en este nuevo canal, tanto en Tierra del Fuego como en el continente.
Asimismo, se abre una oportunidad para avanzar en modelos de distribución directa al consumidor (D2C) desde regiones con regímenes especiales, permitiendo a las industrias locales diversificar su alcance sin depender exclusivamente de cadenas de retail o distribución tradicional.
En paralelo, se refuerza la institucionalidad del régimen fueguino, al dotar de mayor claridad normativa a las operaciones logísticas desde y hacia la isla.
Un paso más en la formalización del comercio insular
La Resolución 286/2025 representa un avance en la formalización, trazabilidad y eficiencia del comercio de productos fabricados en Tierra del Fuego. Al habilitar un mecanismo regulado para el despacho directo de mercaderías al continente, la medida contribuye a consolidar el modelo logístico insular, fortalecer la industria local y promover prácticas responsables en el uso de beneficios fiscales y aduaneros.
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