
La Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen a la iniciativa presidencial para crear e integrar la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, la cual tendrá la finalidad de evitar que haya aspirantes a cargos populares vinculados con el crimen organizado.
En un comunicado, la Cámara de Diputados detalló que la iniciativa de reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales fue aprobada con 316 votos a favor y 123 en contra, durante la continuación de la segunda sesión extraordinaria.
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¿En qué consiste?
Su función será recibir, de los partidos políticos o de las personas que aspiren a una candidatura independiente, los listados de quienes pretendan postularse a cargos de elección popular, federales o locales, antes de su registro ante la autoridad electoral.
Con esa información, y en coordinación con instancias competentes en seguridad, inteligencia, procuración de justicia y finanzas, se realizará un análisis de riesgo sobre los perfiles.
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El documento precisa que la entrega de información podrá ser total o parcial y será voluntaria por parte de los partidos políticos o de quienes aspiren a una candidatura independiente.
Los partidos políticos deberán establecer mecanismos para que las personas que pretendan ser postuladas manifiesten su conformidad para que su perfil sea objeto de un análisis de riesgo, en los términos previstos en la ley.
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Con base en la información que les proporcione la Comisión de Verificación, los partidos políticos determinarán la procedencia o no del registro de las personas evaluadas como candidatas por ese instituto político.
La comisión también deberá garantizar la confidencialidad de la información recibida y remitirla a las instancias competentes en seguridad, inteligencia, procuración de justicia y finanzas, para que determinen la existencia o no de un riesgo razonable sobre posibles actividades delictivas relacionadas con las postulaciones propuestas por los partidos políticos o, en su caso, por quienes aspiren a una candidatura independiente.
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Poteriormente notificará sobre los hallazgos a los partidos políticos o a las personas que aspiren a una candidatura independiente el número y las instancias competentes.
El dictamen puntualiza que, al margen de lo anterior, si las instancias de seguridad, inteligencia, procuración de justicia y finanzas encuentran información relevante, conforme a sus atribuciones, iniciarán o continuarán las investigaciones que correspondan.
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Para su funcionamiento, la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas se integrará por cinco consejeras o consejeros electorales, con duración de tres años en el encargo. La presidencia será rotativa y se designará anualmente entre sus integrantes.
La reforma plantea cambios al artículo 42, numeral 2, y la adición del Título Segundo Bis al Libro Cuarto, que incluye los artículos 200 Bis, 200 Ter y 200 Quater de la ley.
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En el régimen transitorio, se establece que la comisión deberá estar integrada, instalada y en funcionamiento antes del inicio del proceso electoral de 2027.
Las instancias competentes serán la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, la Unidad de Inteligencia Financiera y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
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Estas definirán la metodología y los criterios para sus evaluaciones de riesgo y, con base en ello, determinarán la existencia de un riesgo razonable a partir del análisis de información indiciaria que permita presumir vínculos con actividades delictivas.
Las erogaciones derivadas de la entrada en vigor del decreto se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado al Instituto Nacional Electoral, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para estos fines ni en los ejercicios fiscales subsecuentes.
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En la fundamentación, se indica que la Comisión de Reforma Política-Electoral considera que la propuesta no solo crea una comisión, sino que impulsa una nueva arquitectura institucional de colaboración democrática orientada a proteger, desde un diseño preventivo, la calidad de la representación política.
También sostiene que los beneficios identificados permiten afirmar que la reforma no es una modificación meramente administrativa ni una innovación procedimental aislada, sino una transformación cualitativa del modelo de integridad electoral mexicano, orientada a fortalecer la democracia desde una lógica de prevención, corresponsabilidad institucional y construcción de confianza pública.
La creación de la comisión se plantea como una respuesta legislativa pertinente, moderna y alineada con mejores prácticas internacionales en materia de gobernanza democrática.
El dictamen subraya que no se trata de limitar derechos ni de desconfiar de la política, sino de elevar estándares democráticos y construir confianza pública. Añade que se trata de una reforma institucionalmente pertinente, democráticamente necesaria y jurídicamente sólida para fortalecer la calidad de la democracia mexicana.
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