
El senador de Morena, Javier Corral, acusó a la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, de victimizarse al denunciar una supuesta persecución política, luego de ser citada a una audiencia en la Ciudad de México derivada de la denuncia que él presentó por el intento de detenerlo en el bar Gin Gin en 2024.
El citatorio llega en la semana en que Campos enfrenta tres frentes simultáneos: la comparecencia ante la FGR este 27 de mayo por el caso de agentes de la CIA en Chihuahua, la solicitud de juicio político presentada por diputados morenistas en la Cámara de Diputados, y la audiencia en la capital derivada de la denuncia de Corral.
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La gobernadora difundió el martes 26 de mayo un video en redes sociales en el que acusó que “en las últimas semanas se ha levantado contra mí todo el aparato del poder” y calificó las acciones como “persecución política pura y dura”.
La gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, dio a conocer que enfrentará un nuevo procedimiento en su contra tras una denuncia del senador de Morena, Javier Corral. (Crédito: X/@MaruCampos_G)
Corral respondió de inmediato con una publicación en la que rechazó esa lectura: “Se victimiza y distorsiona un mero trámite jurisdiccional”, escribió el senador.
Corral impugna el fallo que beneficia a Campos
La cadena de hechos arranca el 14 de agosto de 2024, cuando elementos de la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua intentaron ejecutar una orden de aprehensión contra Corral en el bar Gin Gin, en la colonia Roma de Ciudad de México. El entonces titular de la Fiscalía capitalina, Ulises Lara, intervino para impedir la detención.
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En grabaciones difundidas en ese momento, se escucha a Lara recriminando a los elementos de Chihuahua por ejecutar la orden sin coordinación con las autoridades locales.
Corral presentó una denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) por ese intento de detención, al que calificó de ilegal. Sin embargo, tras las investigaciones, la Fiscalía capitalina determinó el no ejercicio de la acción penal: resolvió que no había delito que perseguir.

El senador impugnó esa resolución en ejercicio de sus derechos procesales. Fue una jueza de control quien, al tramitar esa impugnación, ordenó notificar a María Eugenia Campos Galván y al fiscal anticorrupción de Chihuahua Luis Abelardo Valenzuela Holguín sobre la audiencia programada para el 29 de mayo de 2026 a las 10:00 horas en la Sala de Oralidad número 8 del Poder Judicial de la Ciudad de México, en Xochimilco.
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El documento judicial, encabezado con el membrete del Poder Judicial de la Ciudad de México, establece que los investigados deberán comparecer con defensor privado, o bien el órgano jurisdiccional les designará uno público. El mismo documento advierte que si Corral no se presenta a la audiencia a pesar de estar debidamente citado, el Juez de Control podrá declararla sin materia, lo que significa que la celebración de la audiencia depende, en última instancia, del propio denunciante.
Corral aparece en el expediente con la calidad de víctima. El documento autoriza además la aplicación de protocolos de no re-victimización en su favor, incluyendo el uso de salas de testigo protegido y los acompañamientos necesarios para garantizar su seguridad. Su asesora jurídica privada, la licenciada Natalia Ramírez Téllez, fue quien solicitó la audiencia de omisiones del Ministerio Público.
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Corral cerró su respuesta pública con una referencia a lo que denominó #Maruduartismo y la Operación #JusticiaParaChihuahua. Anunció que hará “todo lo que está en sus manos para que las investigaciones lleguen hasta las últimas consecuencias”.
FGJCDM niega imputación contra Maru Campos
La FGJCDMX aclaró en una tarjeta informativa del 26 de mayo que “dicha información es falsa” en referencia a los reportes que describían a Campos como imputada.
La institución, encabezada por Bertha Alcalde, explicó que la audiencia notificada a Campos corresponde exclusivamente a la impugnación que Corral promovió contra ese fallo absolutorio, en términos del artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y que la notificación “no constituye una imputación, judicialización o determinación de responsabilidad penal”.
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Remató de manera categórica: “Por el contrario, la determinación ministerial emitida en este asunto establece que no existe un delito que perseguir“.
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