
La entrega de tarjetas Bienestar para las personas que se registraron durante marzo a la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad inició desde el pasado miércoles 13 de mayo.
El programa integra los Programas para el Bienestar impulsados por el Gobierno de México, con el objetivo de garantizar el acceso pleno a derechos y libertades para este sector social.
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En 2026, la iniciativa entrega un apoyo económico de 3,300 pesos cada dos meses, depositados de manera directa en la tarjeta del Banco del Bienestar asignada a las personas beneficiarias, sin intervención de terceros.
La pensión se destina a personas con discapacidad permanente de 0 a 64 años residentes en 24 entidades federativas cuyos gobiernos han firmado convenios de universalidad con el Gobierno de México.
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¿Cuál es la fecha límite para recoger la tarjeta del Bienestar?
La fecha límite para recoger la tarjeta del Bienestar es el 20 de mayo. Las y los nuevos derechohabientes recibirán un mensaje de texto SMS en el que se les indicará el día, la hora y el lugar al que deberán acudir para recoger su plástico. Además, también se puede consultar esta información en esta página introduciendo la CURP: http://200.188.126.15:8082/ENTREGA_TARJETAS.bienestar/
La tarjeta deberá ser recogida por la persona que se registró y es necesario presentar identificación oficial con fotografía en original y copia, así como el comprobante del trámite.
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Documentos para recoger la tarjeta del Bienestar
- Identificación oficial con fotografía (original y copia)
- Comprobante del trámite
¿Cómo pertenecer a la pensión?
En las entidades federativas que han suscrito el convenio para la universalización de la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, el requisito principal es tener menos de 65 años. En aquellas donde no existe convenio, la pensión se concede a personas menores de 30 años; quienes se encuentran entre los 30 y los 64 años pueden acceder al programa únicamente si residen en municipios o localidades indígenas, afromexicanas, o en zonas con alto o muy alto grado de marginación.
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Para el registro es indispensable presentar acta de nacimiento, identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte, credencial de Inapam u otro documento válido), CURP y comprobante de domicilio, todos en original y copia, con una antigüedad máxima de seis meses para el comprobante. También se requiere un certificado o constancia médica expedida por una institución pública del sector salud a nivel federal, estatal o municipal que acredite la discapacidad permanente.
Cuando la persona interesada no puede acudir personalmente, tiene la posibilidad de nombrar una persona auxiliar. Esta debe presentar identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio y documentación que acredite el parentesco con la persona con discapacidad.
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