
Un adolescente fue sentenciado a cuatro años y once meses de internamiento en un centro especializado para menores tras ser hallado culpable de participar en el homicidio de un hombre durante un ataque en pandilla ocurrido en Zapopan, Jalisco.
La Fiscalía General del Estado informó que la condena corresponde a la pena máxima contemplada para adolescentes responsables de delitos graves como homicidio dentro del sistema de justicia especializado para menores.
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De acuerdo con la carpeta de investigación, los hechos ocurrieron el 23 de febrero de 2020 en la colonia Parques de Tesistán, donde la víctima se encontraba en un establecimiento acompañado de varias personas, entre ellas el hoy sentenciado.
En ese lugar se registró una discusión que escaló de agresiones verbales a un enfrentamiento físico entre los involucrados. La Fiscalía sostuvo que, tras el altercado, el adolescente realizó una llamada telefónica para convocar a otras personas con la intención de agredir a la víctima.
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Minutos después, el hombre se encontró en la vía pública con el menor y otros cuatro sujetos, quienes presuntamente lo atacaron con bates, tubos y palos hasta causarle la muerte.
Con base en los datos de prueba presentados por el Ministerio Público, la autoridad judicial avaló un procedimiento abreviado y dictó sentencia condenatoria en contra del adolescente.
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Además de la medida de internamiento, el juez ordenó el pago de 642 mil 550 pesos por concepto de reparación integral del daño a favor de las víctimas indirectas.
La Fiscalía de Jalisco destacó que la sentencia representa la sanción más alta impuesta a un adolescente por homicidio bajo los protocolos especializados aplicables en la actual administración estatal.
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¿Por qué los adolescentes no pueden ser juzgados como adultos?
En México, el sistema de justicia para adolescentes establece un modelo diferenciado de responsabilidad penal para personas menores de 18 años, en el que las sanciones privativas de la libertad tienen límites estrictos incluso en casos de delitos graves.
Este esquema deriva de la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en 2005, con la que se instauró un sistema integral de justicia penal para adolescentes.
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De acuerdo con análisis académicos y documentos legislativos, esta modificación transformó el modelo anterior de corte tutelar y sentó las bases de un sistema especializado con principios propios y procedimientos diferenciados.
Interés superior del adolescente
La reforma estableció que las personas de entre 12 y 17 años que cometen conductas tipificadas como delito deben ser juzgadas bajo un sistema específico, separado del régimen penal para adultos. Este modelo se rige por principios como el interés superior del adolescente, el debido proceso, la protección integral y la reinserción social, según lo previsto en el propio artículo 18 constitucional y su desarrollo normativo posterior.
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Dentro de este sistema, las sanciones se denominan medidas de internamiento y se cumplen en centros especializados. La legislación secundaria ha establecido que la duración de estas medidas depende del grupo de edad, con diferencias entre adolescentes de 14 a 16 años y de 16 a 17 años. En este último caso, el internamiento puede alcanzar un máximo de cinco años, incluso cuando se trata de delitos de alto impacto.
El diseño del sistema responde a la idea de que los adolescentes son sujetos en desarrollo y, por tanto, su responsabilidad penal debe ser distinta a la de los adultos. Bajo este enfoque, el objetivo principal no es la sanción en términos punitivos tradicionales, sino la reintegración del menor a su entorno social y familiar, así como su formación integral.
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