
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó una sentencia y determinó que los inmuebles del ISSSTE (presidido por Martí Batres) ubicados en la Ciudad de México están exentos del pago de impuesto predial, en atención al artículo 122 de la Constitución, lo que impediría al gobierno local exigir el pago de 5 mil 810 millones de pesos reclamados desde 2017.
Esta decisión responde al principio constitucional de que los inmuebles federales cuya función es atender a la población no pueden ser gravados de ese modo, y redefine el tratamiento fiscal para bienes destinados a servicios públicos en la capital, según expuso la ministra Lenia Batres en un comunicado difundido este 23 de abril en sus redes sociales.
La cifra que buscaba recaudar el gobierno capitalino del ISSSTE equivale a poco más del 20% de los ingresos totales esperados por impuesto predial para 2026 en la CDMX, una cantidad superior al gasto anual autorizado en 2026 para la Cámara de Senadores, que asciende a 5 mil 103 millones 817 pesos, e incluso mayor al presupuesto de la propia SCJN, con 5 mil 208 millones 743 mil 404 pesos, de acuerdo con el análisis de Batres.
El Gobierno de la Mancera exigía más de 5 mil millones de pesos del ISSSTE

En 2017, Miguel Ángel Mancera, entonces jefe de Gobierno, interpuso una demanda contra el ISSSTE para exigir el pago de predial, impuesto sobre nómina y derechos por suministro de agua por los ejercicios fiscales de 2009 a 2013. El monto total presentado fue de 5 mil 810 millones de pesos.
Durante la sesión relativa al amparo directo en revisión 5829/2025, el Pleno de la SCJN aprobó—por mayoría de seis votos—revocar la sentencia del Tribunal Colegiado. La Corte amparó al ISSSTE y devolvió el caso para que el Colegiado revise si la Sala del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México determinó correctamente si los bienes del Instituto se destinan o no al servicio de salud pública, como lo requiere la exención.
La SCJN sostuvo que el artículo 122, apartado A, fracción V, penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece dicha exención para bienes inmuebles federales utilizados con fines públicos en la capital.
Corte ordena revisar nómina y niega exención por derechos de agua

Sobre el impuesto de nómina, el Pleno regresó el tema al mismo Tribunal Colegiado. El órgano judicial deberá analizar los argumentos de violación expuestos por el ISSSTE en materia de nómina.
En el caso del pago por derechos de suministro de agua, la SCJN no concedió la exención al Instituto. De esta forma, el ISSSTE deberá responder por este concepto conforme a la normatividad local vigente.
El propio Tribunal Colegiado había negado en su momento el amparo al ISSSTE, arguyendo que el Instituto no acreditó que los bienes por los que se le exigía el tributo estuvieran sujetos al régimen de dominio público federal. No obstante, la ministra Lenia Batres puntualizó que corresponde a la autoridad fiscal local probar qué inmuebles quedan fuera del uso público y pueden ser gravados.
Batres comparó el caso del ISSSTE con un precedente reciente: en 2024, la SCJN resolvió el amparo 429/2023 y ordenó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) el pago de 3 mil 575 millones 556 mil 425 pesos de impuesto predial por la Central Hidroeléctrica Malpaso, localizada en Tecpatán, Chiapas.
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