
La ministra Lenia Batres Guadarrama logró que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anulara la negativa del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y avalara el registro de la marca “Ministra del Pueblo”, lo que le permitirá continuar el trámite para usar este apelativo como distintivo de su actividad pública.
El fallo, dictado por unanimidad este jueves 16 de abril de 2026, consideró que la decisión del IMPI fue ilegal y sin fundamento suficiente.
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La resolución del TFJA reconoció que existían al menos 55 casos previos en los que el IMPI había concedido marcas relacionadas con cargos o aspiraciones políticas. Entre los ejemplos citados figuraban “Máynez Presidente de México”, “Yúnez mi senador” y “Diputado en línea”. El tribunal consideró que la actuación del IMPI en el caso de Batres fue arbitraria y ajena a los principios de legalidad y exhaustividad exigidos a la autoridad administrativa.
¿Qué había dicho el IMPI?

El conflicto legal comenzó en 2024, cuando Lenia Batres solicitó registrar el epíteto para identificar sus actividades públicas. El IMPI negó la solicitud bajo el argumento de que la denominación “Ministra del Pueblo” generaría confusión con el cargo de ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, electo por voto popular.
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Alegó además que otorgar el registro supondría un uso exclusivo de un término ligado a funciones públicas, lo que podría traducirse en una ventaja indebida frente a otros integrantes de la Suprema Corte.
El equipo legal de Batres señaló que no existían denominaciones similares previamente registradas, que el registro no contravenía el orden público ni disposición legal vigente, y que el IMPI ya había otorgado marcas similares en el pasado.
El TFJA avala el registro

Después de la negativa inicial, Batres promovió un juicio contencioso administrativo, recurso que finalmente le dio la razón y revirtió la decisión de la autoridad en materia de propiedad industrial.
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La sentencia del tribunal destacó que el IMPI ya había autorizado marcas con referencias a cargos y aspiraciones políticas, incluyendo “Presidente” para una bebida comercial.
El fallo estableció que la solicitud de Batres no tenía impedimento legal, ya que no existía ninguna marca registrada con denominaciones similares y el término no vulneraba disposición normativa alguna. El TFJA calificó la negativa como una decisión arbitraria y le ordenó permitir que la ministra continuara el trámite.
La resolución del TFJA tiene consecuencias más amplias, pues abre la puerta para que otras figuras políticas utilicen denominaciones similares como parte de su posicionamiento.
Lenia Batres confirmó a través de un comunicado que: “Seguirá utilizando la denominación “Ministra del Pueblo”, dado que la ha asumido como declaración de principios de su función pública. El apelativo se trata de una declaración de principios y de una misión que día a día busca honrar", se lee.
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