CNDH señala caso de muerte fetal por violencia obstétrica en hospital del IMSS en CDMX, pide reparación del daño

La Comisión afirmó que el personal de salud no ofreció el tratamiento médico y la atención hospitalaria adecuados

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violencia obstétrica
(Foto: Twitter/@g1piaui)

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) acreditó que una mujer fue víctima de violencia obstétrica en dos hospitales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ambos en la Ciudad de México, lo cual ocasionó que su bebé falleciera en la etapa de gestación.

En la Recomendación 8/2026 dirigida al IMSS, la CNDH señaló que la mujer recibió diagnósticos inadecuados y atención inoportuna en el Hospital General de Zona No. 2 “Francisco del Paso y Troncoso” (HGZ No. 2) y en el Hospital de Gineco Obstetricia No. 3 Centro Médico Nacional La Raza “Dr. Víctor Manuel Espinosa de los Reyes Sánchez”.

Detalló que entre el 10 y 11 de agosto de 2023, la víctima se presentó en cuatro ocasiones al HGZ No. 2 con dolor de tipo obstétrico, sin que el personal le proporcionara el tratamiento médico y la atención hospitalaria adecuados para la identificación de probables complicaciones con su embarazo.

Esto último aun cuando la normatividad aplicable prevé la necesidad de brindar atención prenatal, monitoreo del trabajo de parto y la detección y tratamiento temprano de complicaciones.

Mencionó que debido a que no se le atendió y continuaba con dolor, el 11 de agosto de 2023, la víctima decidió acudir al HGO No. 3, donde el personal médico omitió detectar una alteración en el flujo sanguíneo del producto de la gestación, lo que limitó el suministro de oxígeno y ocasionó su lamentable fallecimiento.

Pide reparación del daño

Por estos hechos, la CNDH recomendó al IMSS realizar las gestiones necesarias para que dos víctimas accedan a la reparación integral del daño, la cual deberá incluir atención psicológica y/o tanatológica.

Asimismo, deberá colaborar con el Órgano Interno de Control Específico en el IMSS en la investigación contra siete personas servidoras públicas implicadas en los hechos.

También, deberá implementar un ciclo de formación continua y profesionalización en materia de derechos humanos, y emitir una circular en la que se inste al personal a cumplir con las obligaciones de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos a la protección de la salud materna, a una vida libre de violencia en su modalidad obstétrica y al acceso a la información en materia de salud.

La CNDH consideró el caso como un evidencia de la desigualdad que enfrentan las mujeres, específicamente en el ámbito económico, la cual se materializa en la falta de una atención médica gineco obstetra segura y oportuna por parte de los servicios de salud a cargo del Estado.

Por ello, la CNDH considera que las prácticas rutinarias y sistemáticas del personal médico deben realizarse no solo con suma pericia, sino también con sensibilidad de género suficiente para evitar la repetición de estos casos.