Acecho a mujeres ya es delito federal: diputados aprueban Ley Valeria

El delito puede castigarse con penas de uno a cuatro años de prisión y multas económicas de entre 400 y 600 días

Guardar
En comisiones avalaron la "Ley
En comisiones avalaron la "Ley Valeria", la cual busca tipificar el acecho como un delito.

En una decisión histórica para la justicia y la protección de las mujeres en México, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad la denominada Ley Valeria, una reforma al Código Penal Federal que tipifica el acecho como delito en México.

La reforma legislativa, aprobada el pasado 18 de febrero de 2026, representa un avance significativo para combatir conductas de seguimiento, vigilancia e intimidación reiterada que hasta ahora quedaban en un vacío legal, dejando a las víctimas sin una vía eficaz de sanción.

La llamada ley Valeria, bautizada así en honor a Valeria Macías —quien fue víctima de acecho durante años sin que existiera una figura legal que lo sancionara— incorpora este tipo de violencia persistente como delito autónomo. Con su aprobación en la Cámara Baja, quien vigile, persiga o intente comunicarse sin consentimiento de forma reiterada con otra persona, alterando su vida cotidiana y seguridad, podrá ser sancionado con penas de uno a cuatro años de prisión y hasta 400 días de multa.

La iniciativa fue impulsada por legisladoras y legisladores de diversas fuerzas políticas, con especial énfasis de la diputada Iraís Reyes de Movimiento Ciudadano. Ésta responde a un reclamo social de años para cerrar un vacío legal que permitía la impunidad de conductas obsesivas y peligrosas, incluso cuando estas derivan en violencias mayores.

Además de tipificar el acecho, las reformas aprobadas buscan fortalecer el marco contra la violencia hacia las mujeres, incluyendo penas más severas para el acoso y el abuso sexual, así como mecanismos legales más claros para y adjudicación de medidas de protección para las víctimas. El dictamen ahora se turnará al Senado de la República para su discusión final antes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y su entrada en vigor.

Organizaciones civiles y especialistas han destacado que el avance no solo brinda herramientas jurídicas, sino que también envía un mensaje de que el Estado reconoce la gravedad de estas conductas y la necesidad de proteger a las mujeres contra formas de violencia que antes no eran castigadas eficazmente.

¿Qué es el acecho?

El acecho es una forma de violencia persistente que consiste en vigilar, seguir, perseguir, espiar o intentar comunicarse de manera reiterada con una persona sin su consentimiento, generando miedo, angustia, intimidación o alteraciones en su vida cotidiana. Este comportamiento puede presentarse tanto de manera presencial como a través de medios digitales.

De acuerdo con lo aprobado en la Ley Valeria, el acecho se configura cuando estas conductas son recurrentes y afectan la libertad, seguridad, privacidad o integridad emocional de la víctima, aun sin contacto físico directo.

Características del acecho

  • Seguimiento constante de la víctima en espacios públicos o privados.
  • Vigilancia o espionaje de rutinas, domicilio, trabajo o actividades cotidianas.
  • Intentos reiterados de contacto mediante llamadas, mensajes, correos o redes sociales.
  • Uso de medios digitales para monitorear, hostigar o intimidar.
  • Comunicación no deseada, incluso a través de terceras personas.
  • Conductas repetitivas y persistentes, no hechos aislados.
  • Generación de miedo, ansiedad o sensación de peligro en la víctima.
  • Alteración de la vida cotidiana, como cambios de rutas, horarios o actividades.

Con su tipificación como delito federal, el acecho deja de ser minimizado y pasa a ser reconocido como una conducta grave, permitiendo la investigación, sanción y aplicación de medidas de protección para las víctimas, principalmente mujeres, quienes son las más afectadas por este tipo de violencia.