Tribunal electoral ordena a grupo político omitir las siglas CSP por coincidencia con nombre de Sheinbaum

La Sala Superior del TEPJF determinó que la organización Construyendo Sociedades de Paz no puede usar las siglas “CSP” en su asamblea constitutiva hasta que el INE resuelva sobre las medidas cautelares solicitadas

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Magistrados del TEPJF discutieron el
Magistrados del TEPJF discutieron el proyecto de sentencia para admitir la queja y ordenar al INE pronunciarse sobre el uso de siglas. (Foto Ilustrativa)

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó un acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que había desechado la queja de la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, por el uso de las siglas “CSP” en la organización que busca convertirse en partido político.

El organismo electoral había inicialmente rechazado la queja argumentando que no existía una infracción manifiesta en la normativa electoral por el uso de esas siglas, que corresponden a Construyendo Sociedades de Paz, una agrupación que planea celebrar su asamblea nacional este sábado como parte de su proceso constitutivo.

Sin embargo, la Sala Superior del TEPJF dio marcha atrás y ordenó al INE admitir la queja presidencial e, incluso, considerar la emisión de medidas cautelares. Además, en virtud de la urgencia que representa la asamblea prevista, decretó una medida preventiva temporal para que la organización no utilice las siglas “CSP” en sus materiales ni emblemas, y en cambio emplee su nombre completo hasta que se defina el fondo del caso.

Argumentos y base legal

El proyecto de sentencia que motivó la revocación del acuerdo fue presentado por la ponencia del magistrado Felipe Fuentes Barrera, reconocida por su rol en casos de impugnación electoral. El TEPJF consideró que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE había realizado una interpretación excesivamente restrictiva de las normas, al no analizar adecuadamente los posibles efectos que el uso de esas siglas podría tener sobre los derechos de terceros, particularmente los de la mandataria federal.

Al fijar su postura, el magistrado presidente de la Sala Superior, Gilberto Bátiz, explicó que esta autoridad judicial puede decretar medidas preventivas de carácter temporal en atención a la urgencia del asunto, sin prejuzgar sobre el fondo de la controversia.

Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de
Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México, cuya queja derivó en la medida cautelar del TEPJF. (Foto: Presidencia)

La magistrada Mónica Soto, por su parte, advirtió que la UTCE no valoró la posible configuración de un abuso del derecho por parte de la organización que pretende usar siglas coincidentes con las iniciales de una figura pública de alta relevancia, lo que podría generar ventajas indebidas, alterar la equidad en la competencia política y distorsionar el libre ejercicio de los derechos ciudadanos.

Disputa sobre las siglas

La controversia se originó tras una queja presentada por la Consejería Jurídica de la Presidencia, en la que se alegó que permitir el empleo de las siglas que coinciden con el nombre de la presidenta —Claudia Sheinbaum Pardo (CSP)— podría generar confusión en la ciudadanía y afectar sus derechos fundamentales.

El INE inicialmente desechó esa queja, pero el TEPJF consideró que debía admitirse y que el órgano electoral debería evaluar la solicitud de medidas cautelares sin dilaciones, pues la agrupación está en proceso de constituirse como partido político nacional y podría influir en el actual entorno electoral si llegara a usar esas siglas en su emblema.

En paralelo, algunos reportes señalan que la organización ha optado por modificar sus siglas y emblema hacia el nombre “Partido PAZ”, alegando que siempre actuó de acuerdo con la normatividad electoral vigente, mientras el caso continúa su curso en los tribunales.