
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio obligatorio respecto a la gestación sustituta en la Ciudad de México.
Ante la ausencia de regulación específica sobre la gestación sustituta, determinó que los acuerdos formalizados ante notario pueden ser validados por una autoridad judicial a través del procedimiento de jurisdicción voluntaria. Esta medida permite ordenar la expedición del acta de nacimiento para los menores que nacen por este método.
Falta de normatividad no imposibilita a las autoridades de resolver casos de gestación subrogada

Según el comunicado de la SCJN de este 3 de febrero, el tribunal precisó que la falta de normas claras no debe impedir la solución de estos asuntos. Cuando no haya desacuerdos y todos los participantes hayan ratificado el acuerdo ante notaría, las autoridades judiciales tienen el deber de examinar sus condiciones y verificar que el respeto a los derechos humanos esté plenamente garantizado.
La función de la autoridad jurisdiccional, señaló la Corte, consiste en supervisar la legalidad del acuerdo, dar atención integral a la mujer o persona gestante, y asegurar el reconocimiento oportuno del vínculo entre el recién nacido y sus padres intencionales. Además, debe prevenir situaciones de violencia de género o reproductiva.
El consentimiento libre, informado y sin coerción de todas las partes involucradas es indispensable. Si durante el proceso judicial se detecta falta de acuerdo o riesgo de explotación, el juez debe negar la validación, además de informar a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y al Ministerio Público, conforme indicó la SCJN.
La SCJN permite en Nayarit las corridas de toros

En contexto con otros fallos recientes, este 3 de febrero la SCJN también invalidó la prohibición absoluta de espectáculos con animales en Tepic, Nayarit.
El tribunal sostuvo que la normativa municipal contradijo la Ley de Protección a la Fauna del Estado de Nayarit, que permite actividades como las corridas de toros y peleas de gallos siempre que cuenten con regulaciones y permisos oficiales.
Por mayoría, el Pleno de la SCJN determinó que los reglamentos municipales no pueden imponer restricciones superiores a las contenidas en la legislación estatal vigente sobre espectáculos con animales. De acuerdo con la sentencia, el Congreso de Nayarit conserva la facultad de autorizar estos eventos, siempre sujetos a regulación adecuada.
La ministra Lenia Batres Guadarrama manifestó su desacuerdo y votó contra la anulación de la medida municipal, al considerar que la reforma al artículo cuarto de la Constitución mexicana prohibe el maltrato animal.
Decisiones de la Suprema Corte en materia de derechos humanos

La SCJN también resolvió otros asuntos de derechos humanos en fechas recientes. El 29 de enero, ratificó la constitucionalidad de sancionar el feminicidio en grado de tentativa al validar el artículo 338 del Código Penal de Puebla, medida que avala la protección penal anticipada de las mujeres frente a la violencia de género.
Además, el Pleno ordenó que las autoridades permitan la modificación legal de actas de nacimiento para niñas, niños y adolescentes que buscan el reconocimiento de su identidad de género, sin imponer la exigencia de mayoría de edad, en un caso originado en Jalisco.
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