
El diputado morenista del congreso local del estado de Puebla, Miguel Trujillo de Ita, presentó una iniciativa de ley en la que propone castigar con hasta tres años de prisión para quienes hagan apología del delito en eventos masivos, en especial cuando se trate de crímenes hechos por organizaciones criminales.
La iniciativa tiene previsto modificar el artículo 129 del Código Penal de la entidad, y la inclusión de los artículos 229 Bis y 229 Ter, que buscan frenar la normalización de conductas ilícitas en eventos públicos, o que estos sean transmitidos en medios de comunicación.
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En el artículo 229 Ter, se tiene previsto que el Ministerio Público tenga la facultad de solicitar a los jueces la imposición de medidas cautelares que impidan la comisión de apología del delito en futuros eventos, siempre que existan motivos fundados para prever tal conducta, y que el incumplimiento de estas órdenes judiciales sea considerado reincidencia, lo que incidirá directamente en la individualización de la pena.
De acuerdo con la propuesta, cualquier persona que provoque o realice apología del delito durante actos masivos, ya sea de manera presencial o a través de plataformas digitales, enfrentará penas que van de seis meses a tres años de prisión, además de multas que oscilan entre cincuenta y quinientas Unidades de Medida de Actualización.
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La severidad de la sanción se incrementa cuando la apología se refiere a crímenes perpetrados por integrantes de organizaciones del crimen organizado, en cuyo caso la condena podría alcanzar los seis años de cárcel, en un esfuerzo por desalentar la vinculación social con estos grupos y proteger el interés público.

Además, el alcance de esta pena no es limitada únicamente a aquellos que perpetren la apología al delito, sino también se tienen contempladas sanciones administrativas a los organizadores, promotores y responsables de recintos que, teniendo conocimiento y capacidad real de impedirlo, faciliten, permitan o promuevan la apología del delito en sus eventos.
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En estos supuestos, las multas se sitúan entre doscientas y dos mil Unidades de Medida de Actualización, acompañadas de la suspensión de derechos para organizar o alojar espectáculos durante un periodo de seis meses a tres años. En caso de reincidencia, la propuesta contempla penas de prisión de seis meses a dos años.
Cabe mencionar, que un aspecto relevante de la iniciativa es la atención a los eventos financiados, promovidos o difundidos con recursos públicos. En estos casos, los responsables serían inhabilitados para contratar con entes públicos o gestionar permisos durante un lapso de uno a cinco años, con la finalidad de evitar cualquier forma de complicidad institucional o utilización de fondos oficiales para respaldar hechos delictivos.
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