
El senador morenista Javier Corral Jurado reconoció que es urgente que la Cámara de Diputados corrija el proyecto de reforma de la Ley de Amparo y eliminar el artículo transitorio que abre la puerta a la retroactividad en su aplicación.
La reciente reforma a la Ley de Amparo avanza en San Lázaro tras la eliminación de la disposición transitoria que había suscitado debate sobre su posible aplicación retroactiva, una preocupación que generó críticas en diversos sectores políticos y jurídicos.
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El presidente de la Comisión de Justicia en el Senado, Javier Corral Jurado, afirmó que esta corrección otorga una mayor certeza jurídica al proceso y refuerza el propósito de la reforma.
“Sin la disposición de retroactividad la reforma a la Ley de Amparo quedará sólida y eficaz para los fines que persigue como son modernizar, agilizar y dar certeza jurídica al juicio de amparo, un instrumento fundamental para la defensa de los derechos de los ciudadanos”, puntualizó el senador en entrevista.
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De acuerdo con Corral Jurado, la supresión del artículo transitorio termina con el debate sobre la posible afectación a casos previos y aclara la distinción entre las normas procesales y sustantivas incluidas en la reforma.
“Con la eliminación del artículo transitorio quedará zanjada la discusión, la polémica, pues se ataja cualquier interpretación de retroactividad y da claridad entre lo que son las normas procesales y la parte sustantiva de la reforma a la Ley de Amparo”, subrayó el legislador.
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El morenista añadió que la Cámara de Diputados tiene la facultad de revisar estos cambios, aunque señaló que lo “más urgente e importante era corregir ese transitorio, que sí podía dar pie a una interpretación de retroactividad que nadie queríamos a final de cuentas”.
El senador explicó además que la reforma no solo aborda procedimientos, sino también define aspectos sustantivos fundamentales, como el interés legítimo.
Ante cuestionamientos de que esta figura podría restringirse, Corral lo desmintió categóricamente.
“El interés legítimo fue una de las principales preocupaciones que atendimos durante las audiencias. Modificamos plazos, modificamos procedimientos, modificamos el tema de las multas, modificamos el tema del incumplimiento de sentencias”, relató.
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Sobre la posibilidad de limitar el acceso a la suspensión provisional dentro del juicio de amparo, Corral Jurado rechazó esa interpretación. Señaló que la medida sigue vigente y que incluso se agregaron nuevas causales de improcedencia, particularmente en materia administrativa y fiscal.
“Ahí está la Ley de Amparo y la suspensión provisional como uno de los instrumentos fundamentales”, reiteró, enfatizando que los ciudadanos mantendrán “acceso, de manera individual o colectiva, al juicio de amparo”.
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Con estas modificaciones, la reforma a la Ley de Amparo busca fortalecer las garantías jurídicas para los ciudadanos, garantizando mecanismos de defensa efectivos tanto a personas como a colectivos.
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