
El 1 de octubre se acerca y muchos trabajadores en el país se preguntan si será un día feriado oficial e inhábil, es decir, si es fecha de descanso para las personas que tienen empleo.
Lo anterior generó muchas dudas, ya que el año pasado, en el 2024, fue declarado el 1 de octubre como fecha oficial inhábil para todas las personas.
Por ello, se preguntan si este 2025 nuevamente será un día de descanso oficial e inhábil.
Cabe destacar que en México, los días feriados oficiales e inhábiles se otorgan como fechas de asueto a los trabajadores. En caso de que la persona tenga que acudir a sus respectivos lugares de empleo o haga uso de sus servicios en la empresa o compañía, se deberá pagar triple.

Ante esto, se consultó a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para saber si este miércoles 1 de octubre es considerado como una fecha de asueto oficial e inhábil y los trabajadores no tendrán que acudir a sus lugares de empleo.
De acuerdo con la LFT, este miércoles 1 de octubre de 2025 no está considerado como fecha oficial festiva inhábil, por lo tanto, los trabajadores no tendrán día de asueto y acudirán a sus respectivos lugares de empleo.
Asimismo, quienes laboren este día no recibirán un pago triple por prestar sus servicios, ya que no se trata de una fecha festiva oficial.
La razón por la que comenzó la duda es que el año pasado, es decir, en el 2024, se llevó a cabo la toma de protesta del Poder Ejecutivo. La presidenta de la República, Claudia Sheinbaum, acudió al Congreso de la Unión para la ceremonia de investidura.
Cabe destacar que anteriormente este acto se llevaba a cabo el primer día de diciembre de cada seis años.
1 de octubre feriado oficial de descanso inhábil cada seis años
A partir de 2024, el 1 de octubre de cada seis años se convierte en día de descanso obligatorio en México, según lo establecido por el Congreso de la Unión.
Anteriormente, el 1 de diciembre era el día designado para la transmisión del Poder Ejecutivo Federal y considerado día de asueto cada sexenio. Con la nueva disposición, la fecha oficial se adelanta al primer día de octubre.

El cambio fue aprobado por la Cámara de Diputados con 398 votos favorables, para ajustar el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo al artículo 83 de la Constitución Política, que señala que la Presidencia comienza oficialmente el 1 de octubre.
Esta reforma elimina la discrepancia entre ambas normativas, ya que la ley laboral seguía marcando el 1 de diciembre como descanso obligatorio, mientras que la Constitución ya consideraba el 1 de octubre para la toma de protesta presidencial.
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