
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) anunció un cambio relevante que entrará en vigor el 1 de septiembre de 2025, el cual impactará tanto a patrones como a contribuyentes. La modificación se enfoca específicamente en la Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales, que a partir de esa fecha sólo podrá tramitarse a través del Buzón IMSS, la plataforma digital del Instituto.
Esta decisión implica una actualización en los procesos administrativos y establece que cualquier gestión relacionada con este documento deberá realizarse de forma electrónica.
La Opinión de Cumplimiento de obligaciones fiscales del IMSS es un documento emitido por el propio Instituto que permite conocer, en el momento de la consulta, si su titular está al corriente de sus deberes fiscales en materia de seguridad social.
Este documento también lo elabora el Servicio de Administración Tributaria (SAT), avalando que una persona física o moral está al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y el pago de impuestos.
Hasta el anuncio de esta medida, la Opinión de Cumplimiento se utilizaba principalmente en trámites orientados a contrataciones y proveedores. No obstante, a partir de septiembre de 2025, será exigida de manera obligatoria, mediante el Buzón IMSS, en procesos vinculados con la tramitación de pensiones.
El IMSS subrayó que el Buzón también es el canal para recibir notificaciones oficiales, lo que facilita a los derechohabientes estar al tanto de cualquier actualización relacionada con la gestión de su pensión. El acceso a esta plataforma digital está disponible para patrones registrados con al menos un Registro Patronal y otros particulares que requieran o decidan usar los servicios ofrecidos por el Buzón IMSS.
El Buzón IMSS está dirigido a todas las personas particulares, es decir: las y los derechohabientes, patrones, sujetos obligados, contadores públicos, contadores públicos autorizados, responsables solidarios, terceros relacionados, sean personas físicas o morales y representantes legales que realicen actuaciones ante el Instituto mediante el Buzón IMSS.
Cómo habilitar el Buzón IMSS
- Ser persona física o moral y contar con tu Registro Federal de Contribuyentes.
- Tener e.firma del SAT vigente.
- Registrar al menos un correo electrónico.
Entre los beneficios para habilitar este Buzón IMSS se encuentra que ofrece un sitio de información disponible de manera permanente, las 24 horas del día y los 365 días del año. Esta plataforma garantiza seguridad en el manejo de la información y en todas las interacciones que los usuarios mantienen con el Instituto. Dispone de un repositorio donde se almacenan los documentos relacionados con las propuestas de pago de cuotas, así como un calendario que detalla las obligaciones en materia de seguridad social. Mediante notificaciones electrónicas, el sistema envía avisos previos a los medios de contacto registrados, como correo electrónico y número celular.
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