
Una boda implica nuevos planos y gastos, pero en México existe un apoyo económico que puede aliviar parte de las finanzas tras la ceremonia civil.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) otorga una ayuda monetaria única a personas aseguradas que se casan por el civil y cumplen determinadas condiciones.
Este préstamo se conoce como “Gastos de matrimonio” y constituye un recurso poco conocido que puede solicitarse de forma sencilla.
A continuación te contamos todo lo que necesitas saber para solicitar este apoyo.
¿Quiénes pueden pedir este apoyo?

La ayuda de matrimonio es un apoyo económico que pueden recibir las personas aseguradas una sola vez al casarse por el civil, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el IMSS.
La cantidad del préstamo de matrimonio se calcula multiplicando el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente el día en que se realiza el matrimonio civil por treinta, y se otorga utilizando los recursos de la cuenta individual del asegurado.
Por ejemplo: Si la UMA diaria vigente ese día es de 113 pesos, la ayuda que se otorgará sería 113 por 30, lo que da un total de 3,390 pesos.
Requisitos

Para acceder a este beneficio, la persona interesada, debe cumplir con los siguientes criterios:
- Acreditadas al menos 150 semanas cotizadas ante el IMSS en los seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha del matrimonio civil.
- No haber recibido esta ayuda con anterioridad.
- Contar con vigencia laboral activa. (Si ya no pertenece al Régimen Obligatorio, puede presentar la solicitud siempre que el enlace civil haya ocurrido dentro de los 90 días hábiles posteriores a su baja).
- Que el matrimonio civil se haya celebrado después del 30 de junio de 1997.
Estos son los documentos que necesitas

- Identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, credencial ADIMSS, carta de naturalización, entre otros).
- Acta de matrimonio certificada, con fecha de expedición no mayor a 90 días antes de la solicitud.
- Estado de cuenta de la AFORE, con antigüedad no mayor a seis meses si cotizó desde julio de 1997.
- En caso de tener un cónyuge registrado previamente, se debe presentar: Acta de defunción, o Acta de divorcio o acta de matrimonio con la anotación marginal de disolución del vínculo matrimonial.
La ayuda de matrimonio se gestiona directamente en la AFORE donde se encuentra la cuenta individual. Las personas deben acudir a esta instancia dentro de sus horarios habituales y, para cualquier aclaración, pueden asistir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar que les corresponda.
Las dudas, quejas o denuncias relacionadas pueden reportarse en el teléfono 800 623 23 23 desde cualquier punto del país, detalló el IMSS en su última guía de trámites difundida a nivel nacional.
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