
La Pensión del Bienestar es un programa federal destinado a beneficiar a adultos mayores de 65 años y personas con discapacidad permanente. Este programa busca proporcionar apoyo económico y servicios de salud a estos sectores vulnerables.
Sin embargo, hay ocasiones en las que los beneficiarios no pueden realizar por sí mismos los trámites relacionados con el programa debido a limitaciones de movilidad o problemas de salud. En estos casos, la figura de la persona auxiliar juega un papel fundamental para garantizar que los beneficiarios puedan recibir el apoyo necesario sin salir de casa.
¿Qué es una persona auxiliar?
Una persona auxiliar es un adulto designado por el beneficiario de la Pensión del Bienestar para ayudarlo en la realización de trámites relacionados con el programa. Esta persona puede ser cualquier adulto que no necesariamente tenga un vínculo familiar con el beneficiario.
El objetivo principal de esta figura es permitir que los beneficiarios que se encuentren incapacitados temporal o permanentemente para realizar los trámites puedan recibir la ayuda de una persona de confianza para gestionar todos los procedimientos relacionados con su pensión.

Funciones de la persona auxiliar
Las funciones de la persona auxiliar son variadas y esenciales para asegurar que los trámites se realicen de manera efectiva, sin necesidad de que el beneficiario se desplace o enfrente dificultades físicas. Entre las principales funciones de la persona auxiliar se incluyen:
- Notificación de cambios de domicilio o extravío del medio de cobro: en caso de que el beneficiario cambie de domicilio o pierda el medio de cobro (tarjeta de pensión), la persona auxiliar deberá realizar la notificación correspondiente para que no se interrumpan los pagos.
- Solicitud de información sobre retenciones o suspensión de pagos: la persona auxiliar también es responsable de gestionar cualquier duda o solicitud de información relacionada con pagos suspendidos o retenciones de la pensión, garantizando que el beneficiario reciba su apoyo económico de manera puntual.
- Notificación en caso de fallecimiento del beneficiario: en caso de que el beneficiario fallezca, la persona auxiliar tiene la obligación de informar inmediatamente sobre el deceso y proceder con los trámites necesarios para recibir el pago único de marcha, destinado a cubrir los gastos funerarios.
Requisitos para ser persona auxiliar
El registro de una persona auxiliar es sencillo, pero debe cumplirse con ciertos requisitos para asegurar que el proceso sea formal y legal. Para ser registrado como persona auxiliar en el programa de la Pensión del Bienestar, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad: la persona auxiliar debe ser un adulto responsable para realizar los trámites pertinentes.
- No es necesario ser familiar: no es obligatorio que la persona auxiliar sea familiar del beneficiario, lo que permite que cualquier persona de confianza pueda asumir este rol.
- Presentar documentos oficiales: para registrarse, la persona auxiliar debe presentar los siguientes documentos en los módulos del Bienestar: Acta de nacimiento. Identificación oficial vigente (INE, credencial Inapam o pasaporte). CURP. Comprobante de domicilio con una antigüedad máxima de seis meses. Documento que acredite la relación con el beneficiario, si aplica.
¿Dónde se puede realizar el registro?
El registro de la persona auxiliar se puede realizar en cualquier Módulo del Bienestar. Es importante que el beneficiario y la persona auxiliar se presenten con la documentación requerida para completar el proceso de inscripción.

Beneficios de la figura de la persona auxiliar
La principal ventaja de contar con una persona auxiliar es la comodidad y el ahorro de tiempo para los beneficiarios que no pueden desplazarse por motivos de salud. Esto permite que, sin importar su condición física, los beneficiarios sigan recibiendo los beneficios de la pensión y otros apoyos sociales sin contratiempos.
La figura de la persona auxiliar en el programa de la Pensión del Bienestar es una herramienta clave para garantizar que los adultos mayores y personas con discapacidad puedan acceder a los trámites y beneficios del programa, incluso cuando no pueden realizarlos por sí mismos.
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