
En el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) planean presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) que otorga facultades superiores a Guadalupe Taddei Zavala, consejera presidenta del organismo electoral.
Según se encuentra indicado en el orden del día de la sesión extraordinaria del Consejo General del INE para el próximo 30 de octubre de 2024 en punto de las 13:00 horas, a petición de seis de 11 consejeros y consejeras, se encaminará la discusión del punto para la interposición de una controversia constitucional a través de la Secretaría Ejecutiva del organismo.
“Proyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se instruye a la Secretaría Ejecutiva interponer una Controversia Constitucional en contra de la reforma a los artículos 45, párrafo 1, incisos e) y p) y 48, párrafo 1, inciso b) del “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación”, se lee en el punto número 16 del orden.

Según se encuentra indicado, la controversia constitucional contra el proyecto publicado el 14 de octubre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) fue impulsado por las y los consejeros electorales Arturo Castillo Loza, Carla Astrid Humphrey Jordan, Dania Paola Ravel Cuevas, Beatriz Claudia Zavala Pérez, José Martín Fernando Faz Mora y Jaime Rivera Velázquez, quienes se han consolidado como opositores a la consejera presidenta.
En la reforma donde se hicieron ajustes a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) con motivo de apuntalar los detalles sobre la elección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial también se otorgaron más facultades a la consejera presidenta del organismo.
Entre las determinaciones que han causado inconformidad se encuentra la capacidad unipersonal de la consejera presidenta para nombrar a las Direcciones Ejecutivas de las áreas e integrantes de la Junta General Ejecutiva sin la necesidad de contar con la aprobación de 8 de las 11 consejeras y consejeros, como exigía la vieja normativa.
Por otro lado, la Junta General Ejecutiva ya cuenta con atribuciones que eran exclusivas de las consejerías y del Consejo General para la organización de elecciones, lo cual ocasionó la inconformidad de más de la mitad de las y los consejeros del INE.
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