
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) le dio a conocer a los contribuyentes que al momento de solicitar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura en la compra de productos o por la prestación servicios, no se necesita entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
La situación anterior fue dada a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este miércoles 18 de octubre.
Detallaron que los contribuyentes que soliciten facturas únicamente están obligados a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre o razón social, el código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, el ejemplo que mostraron fue el de gastos generales o adquisición de mercancías.
Resaltaron que por medio de las facturas, tanto las personas físicas como morales tienen la oportunidad de comprobar ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.

También, recordaron que la dependencia cuenta con servicios de facturación gratuita a través de su portal, mismo al que se puede acceder en la siguiente liga.
Asimismo, el pasado mes de julio las autoridades tributarias pusieron a disposición de los contribuyentes la aplicación Factura SAT Móvil, herramienta que ayuda con la emisión de facturas de manera fácil, rápida y sin costo alguno.
Es importante recordar que el Código Fiscal de la Federación establece que las facturas se deben emitir en el momento en que se realice la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará el documento impreso, lo que quiere decir que también es una práctica fiscal indebida que se le solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar un comprobante fiscal.
El SAT señaló que son prácticas indebidas las siguientes:
- Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
- Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.

Ante ello, los usuarios cuentan con la opción de presentar una denuncia en caso de ser víctimas de alguna de las prácticas anteriormente mencionadas o si las detectan, por lo tanto, la dependencia puso a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de contacto que están disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año:
- Correo electrónico: denuncias@sat.gob.mx
- Quejas y Denuncias SAT: 55 88 52 22 22
- Internacional: 1 52 55 88 52 22 22
- Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT
- En el Portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura
¿Cómo obtener saldo a favor en el SAT?
De acuerdo con la dependencia, en la declaración anual los usuarios tienen la oportunidad de percatarse de si cuenta con saldo a favor de deducibles de impuestos: “Cuando se tenga saldo a favor, se podrá solicitar las devoluciones que le correspondan”.
Esta situación se presenta cuando al momento de efectuar el cálculo de los impuestos, se da el caso de que se pagó más de lo que se debía, por lo tanto se puede solicitar ante el SAT que se le devuelva dicha cantidad.
Para poder solicitar dicha devolución de dinero se tiene que realizar la declaración anual correspondiente al año en curso, esta se deberá enviar de forma electrónica con contraseña, e.firma o portable vigente, según corresponda el caso.
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