Al final de la sesión en la que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inválido el decreto de 2021 con el que Andrés Manuel López Obrador (AMLO) había catalogado los proyectos gubernamentales como asuntos “de seguridad nacional”, la ministra Yasmín Esquivel Mossa pidió que se destinaran algunos minutos para resolver los alcances de esta resolución.
La discusión giró en torno a una controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en contra del Poder Ejecutivo Federal, debido a que la clasificación de obras como el Tren Maya, el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) y la Refinería Dos Bocas como “de interés público y seguridad nacional” resultaba ambiguo y, por lo tanto, vulneraba el derecho de acceso a la información.
Con ocho votos a favor, el pleno de la SCJN ratificó los argumentos del Instituto y consideró inválido el decreto porque promovía la opacidad respecto a estos proyectos gubernamentales, pues los asuntos de seguridad nacional suelen mantener su información bajo el carácter de “reservada”.
No obstante, luego de la votación, Yasmín Esquivel planteó que la medida que blindaba a dichas obras podía mantenerse vigente para otras instancias de la administración pública.
Según su postura, debido a que las partes involucradas en la controversia eran el Inai y el Poder Ejecutivo Federal, el decreto debía seguir siendo aplicable para otras dependencias. Sin embargo, no consideró que el Ejecutivo es, precisamente, el que dicta la instrucción de actuar al resto de administraciones y secretarías de Estado.
“Para mí es claro que debemos aplicar la regla residual en el sentido de que la sentencia solo surte efectos entre las partes que intervinieron”, dijo la ministra Esquivel en este sentido.
En respuesta, el ministro Javier Laynez Potisek explicó que lo que se declaró inconstitucional fue el acuerdo emitido por el Ejecutivo, por lo que, a pesar de haber sido sólo dos las partes involucradas, esto tiene un alcance para toda la Administración Pública Federal.
“No podrían quedar las secretarías [de Estado] obligadas a seguir un acuerdo cuando, entre partes, esas son las dos partes, para ellos es inválido. Entonces, Ejecutivo, tu decreto es inconstitucional”.

Sin embargo, en un nuevo intento por plantear que el decreto podría seguir siendo válido, Yasmín Esquivel continuó con la discusión.
— El decreto por ocho votos fue declarado inconstitucional —recalcó Laynez.
— Pero queda vivo para los demás. Es entre las partes: el Inai y el Ejecutivo Federal —respondió Esquivel.
— ¿Para quiénes?
— Los demás de la administración pública.
Ante esto, otros colegiados como Luis María Aguilar Morales y la ministra presidenta Norma Piña Hernández enfatizaron que no sería consistente que alguna dependencia siguiera atendiendo un decreto del Ejecutivo que ya fue declarado como inválido.
“El Ejecutivo es el que da la instrucción de actuar a las administraciones. Si esa instrucción se cae, no existe ya”, sentenció Piña Hernández. “Ya no tiene efectos para nadie”, añadió Aguilar Morales.
Cabe señalar que, apenas horas después de que la Suprema Corte invalidara este decreto, el Gobierno Federal de AMLO decidió lanzar otro “decretazo” presidencial para blindar, de nueva cuenta, proyectos como el Tren Maya, el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y los aeropuertos de Palenque (Chiapas), Chetumal y Tulum (en Quintana Roo) y etiquetarlos como “de seguridad nacional y de interés público”.
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