Quitaron “ley mordaza” a la UNAM para hablar del caso Yasmín Esquivel, pero con una condición

Un Tribunal Colegiado de la CDMX permitió a la Universidad Nacional emitir una resolución, así como informar sobre la investigación en curso, pero hasta que el Poder Judicial se pronuncie

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Yasmín Esquivel Mossa (Cuartoscuro)
Yasmín Esquivel Mossa (Cuartoscuro)

Un Tribunal Colegiado en Materia Administrativa ratificó el amparo concedido a la ministra Yasmín Esquivel con el que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) no podrá dar a conocer los avances con respecto a la investigación por el supuesto plagio que cometió la jurista hasta que un juez revise el caso; no obstante, la universidad sí podrá informar acerca del veredicto en cuanto se le permita emitirlo.

De acuerdo con la suspensión provisional a favor de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las autoridades universitarias no tiene permitido el emitir una resolución, dictamen u opiniones con respecto a la investigación en contra de Esquivel Mossa; esto será hasta que un juez revise la legalidad del proceso.

Fue durante la sesión de este jueves 23 de febrero del Vigésimo Tribunal en Materia Administrativa de la Ciudad de México que la magistrada Martha Llamile Ortiz Brena expresó que la UNAM no debe hacer públicos los avances de la indagación antes de que el Poder Judicial analice el caso, pues sería violatorio a la presunción de inocencia de la ministra.

Yasmín Esquivel, pese a la controversia con su tesis de licenciatura, sigue en la SCJN (Infobae México/Jesús Abraham Avilés Ortiz)
Yasmín Esquivel, pese a la controversia con su tesis de licenciatura, sigue en la SCJN (Infobae México/Jesús Abraham Avilés Ortiz)

Sin embargo, ya que consideró la situación como de interés público, resolvió que la sociedad tiene derecho a conocer el veredicto de las autoridades universitarias. Por ello, una vez que la UNAM tenga la resolución, podrá darla a conocer con apego a derecho y sin emitir juicios de valor.

“Dado que se tiene que hacer una apreciación sobre el interés público que tiene la sociedad a estar informada y el derecho a la intimidad que tiene la persona, y en esta contracción de valores, considero, que en efecto, tiene que darse a conocer, tiene derecho la opinión pública, dada la figura pública o cargo público que representa la quejosa”, expresó la magistrada.

“No obstante, este derecho —como se señala en el proyecto— coincido en que no puede ser de una manera dando calificaciones, sino únicamente señalando las cuestiones informativas sobre el procedimiento. Esto es, como se señala, la propuesta es declarar parcialmente el recurso de queja para que se tenga derecho al acceso a esa información, pero completamente modulado”, refirió.

FOTO: CUARTOSCURO
FOTO: CUARTOSCURO

Dicha resolución del Tribunal se dio luego de que la Máxima casa de estudios interpuso un recurso de apelación en contra del amparo que la defensa de Esquivel Mossa interpuso en contra de la UNAM y del Comité Universitario de Ética para que éste no emita un pronunciamiento y, a su vez, el documento sea divulgado.

Con dicha suspensión, la ministra pretendía evitar que la universidad emitiera algún comunicado, además de que se ofrezcan conferencias de prensa, en donde se divulgara información de la investigación.

Alejandro Romano, defensor de Yasmín Esquivel, indicó que dicho recurso fue promovido puesto que la UNAM incurrió en un daño en contra de la quejosa tras ser señalada de plagio “sin darle la oportunidad de defenderse”.

Las autoridades de la UNAM no podrá emitir un veredicto hasta que el Poder Judicial revise el caso (Infobae México/Jesús Abraham Avilés Ortiz)
Las autoridades de la UNAM no podrá emitir un veredicto hasta que el Poder Judicial revise el caso (Infobae México/Jesús Abraham Avilés Ortiz)

No obstante, Romano aclaró que con el recurso no se buscaba amordazar a la universidad. “No hay nada tan equivocado como sostener que el recurso que interpuso la ministra Yasmín Esquivel busca acallar a la UNAM”. En su lugar, aclaró que se trata de un “beneficio cautelar que obtiene cualquier persona que acude en defensa de un derecho humano fundamental, como es el honor, para no ser linchado, para que no se atente contra su buen nombre u no se destruya su reputación”.

En tanto, indicó que la ministra “está en un nivel superior, igual que la autonomía universitaria”. “La violación principal inadmisible es que la autoridad primero determinó que ella copió parte sustancial de su tesis y luego la llamó para que compareciera (...) Primero se llama al interesado para presentar pruebas”, expuso.