Cayó de la moto por un “pozo a cielo abierto” en el pavimento, le hizo juicio a la municipalidad y cobrará casi $12 millones

En 2022, una mujer de 37 años circulaba en su moto por la zona norte del Gran Buenos Aires cuando impactó contra un pozo sin señalización, sufrió una fractura de húmero y debió esperar más de una hora la llegada de una ambulancia. La Justicia tuvo por acreditada la existencia del desnivel y la falta de mantenimiento de la vía, y responsabilizó a la municipalidad por el accidente

La Justicia bonaerense condenó a un municipio del Gran Buenos Aires a indemnizar con casi 12 millones de pesos a una mujer que cayó de su motocicleta. (Poder Judicial)
La Justicia bonaerense condenó a un municipio del Gran Buenos Aires a indemnizar con casi 12 millones de pesos a una mujer que cayó de su motocicleta. (Poder Judicial)
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La Justicia bonaerense condenó a una municipalidad de la zona norte del Gran Buenos Aires a pagar $11.989.080 más intereses a una mujer que sufrió una caída con su motocicleta. La resolución de primera instancia sostuvo que el accidente ocurrió —según el relato de la demanda— por un “pozo a cielo abierto” de grandes dimensiones, que no tenía señalización ni medidas de prevención para quienes circulaban por la zona.

La demandante había iniciado el reclamo en julio de 2022, poco después del hecho ocurrido el 30 de abril de ese año. Solicitó una reparación por lesiones físicas y psicológicas, daño moral, gastos médicos, pérdida de ingresos y daños en su motocicleta. La sentencia, dictada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo n.° 2 de San Martín, admitió la mayor parte de esos planteos y rechazó únicamente los rubros vinculados con gastos futuros, desvalorización del rodado y gastos de movilidad.

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Según la presentación judicial, la mujer —de 37 años en ese momento— circulaba cerca de las 15.30 a bordo de una motocicleta. Afirmó que llevaba casco y que respetaba las normas de tránsito cuando encontró un hundimiento en el asfalto ubicado en la zona central de la calzada. Sostuvo que intentó esquivarlo, pero que no pudo evitar el impacto y cayó hacia su derecha junto con el vehículo.

La víctima sufrió una fractura en el húmero derecho que requirió intervención quirúrgica y le dejó una incapacidad permanente del 24 por ciento. (Poder Judicial)
La víctima sufrió una fractura en el húmero derecho que requirió intervención quirúrgica y le dejó una incapacidad permanente del 24 por ciento. (Poder Judicial)
La defensa municipal solicitó el rechazo de la demanda tras cuestionar la autenticidad y la fecha de las pruebas audiovisuales presentadas. (Poder Judicial)
La defensa municipal solicitó el rechazo de la demanda tras cuestionar la autenticidad y la fecha de las pruebas audiovisuales presentadas. (Poder Judicial)

La demandante indicó que una compañera que circulaba delante de ella en bicicleta escuchó la caída, regresó para asistirla y llamó al 911. También relató que vecinos se acercaron al lugar y que un patrullero tomó los datos del episodio. Ante la demora de la ambulancia, fue trasladada en un vehículo particular a un centro de salud de la Ciudad de Buenos Aires.

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La documentación médica incorporada al expediente acreditó una atención de guardia el mismo 30 de abril de 2022 por una contusión en el brazo derecho, con edema e impotencia funcional. Los estudios posteriores determinaron una fractura cerrada en la parte superior del húmero derecho. La mujer fue sometida a una cirugía el 13 de mayo de ese año, según el protocolo quirúrgico remitido al juzgado.

La municipalidad negó los hechos expuestos en la demanda y cuestionó las imágenes aportadas como prueba. También afirmó que el relato de la mujer era, como mínimo, dudoso y sostuvo que no había evidencia suficiente para vincular el estado de la calle con las lesiones ni con los daños de la motocicleta.

Un perito mecánico recurrió a imágenes históricas de Google Maps para confirmar la presencia del pozo en la calzada al momento del accidente. Imagen del informe pericial (Poder Judicial)
Un perito mecánico recurrió a imágenes históricas de Google Maps para confirmar la presencia del pozo en la calzada al momento del accidente. Imagen del informe pericial (Poder Judicial)

La defensa municipal puso el foco en la fecha en que fueron enviados algunos de los registros audiovisuales y señaló que habían sido remitidos varios meses después del supuesto accidente. Además, planteó que las imágenes no permitían establecer con precisión el lugar del hecho. El municipio pidió el rechazo total del reclamo, con costas para la demandante.

El juez consideró acreditado que el siniestro ocurrió en el punto indicado por la mujer. Para arribar a esa conclusión, valoró en conjunto los testimonios, la documentación médica, las fotos, los videos y una pericia mecánica. Una de las testigos declaró que circulaba delante de la motocicleta, escuchó el golpe, vio a la demandante caída y observó un hundimiento con agua en el asfalto.

La pericia mecánica tuvo un lugar central en el fallo. El experto señaló que las imágenes históricas de Google Maps permitían comprobar que, para la época del accidente, había un desnivel relevante en el pavimento. También concluyó que la mecánica descripta resultaba técnicamente posible y que un pozo de esas características podía representar un riesgo para motociclistas y ciclistas.

El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.° 2 de San Martín concluyó que la comuna omitió señalizar y reparar el desperfecto del asfalto. (Poder Judicial)
El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N.° 2 de San Martín concluyó que la comuna omitió señalizar y reparar el desperfecto del asfalto. (Poder Judicial)
La sentencia dispuso resarcimientos económicos para cubrir el daño moral, los trastornos psicológicos y los gastos médicos derivados del hecho. (Poder Judicial)
La sentencia dispuso resarcimientos económicos para cubrir el daño moral, los trastornos psicológicos y los gastos médicos derivados del hecho. (Poder Judicial)

El informe técnico también analizó la motocicleta, que fue presentada sin reparar para la inspección. El perito concluyó que los daños y raspaduras observados eran compatibles con una pérdida de estabilidad causada por un relieve central de la calzada y una caída posterior. El juzgado remarcó que el municipio no presentó objeciones técnicas capaces de desacreditar esas conclusiones.

La sentencia consideró que la municipalidad tenía el deber de conservar las calles en condiciones razonables de seguridad y de advertir a los conductores sobre los riesgos existentes. El juez sostuvo que las comunas son responsables de la vialidad pública dentro de su jurisdicción y que deben reparar o señalizar desperfectos que puedan provocar accidentes.

La resolución entendió que el municipio incumplió su obligación de mantener la calle en condiciones aptas para el tránsito. El fallo destacó que no se acreditó la existencia de vallas, balizas, cartelería u otro tipo de advertencia en el sector donde estaba el pozo. Tampoco se probó que la motociclista hubiera circulado a una velocidad excesiva o de manera imprudente.

El fallo reconoció una suma por pérdida de chance ante la cancelación de una propuesta laboral a raíz del período de licencias médicas. (Poder Judicial)
El fallo reconoció una suma por pérdida de chance ante la cancelación de una propuesta laboral a raíz del período de licencias médicas. (Poder Judicial)
La municipalidad deberá abonar el monto fijado en un plazo de 60 días con intereses calculados mediante la tasa del Banco Provincia. (Poder Judicial)
La municipalidad deberá abonar el monto fijado en un plazo de 60 días con intereses calculados mediante la tasa del Banco Provincia. (Poder Judicial)

Por la incapacidad física derivada de la fractura y sus secuelas, el juzgado fijó una indemnización de $5 millones. La pericia médica había determinado una incapacidad parcial y permanente del 24%. El magistrado consideró que esa lesión no debía evaluarse solo por sus eventuales efectos laborales, sino también por las limitaciones que podía generar en las tareas cotidianas y en otros aspectos de la vida personal.

El fallo reconoció otros $4 millones por daño moral, al considerar el dolor de la lesión, la intervención quirúrgica, la recuperación posterior y la alteración de la vida diaria. También otorgó $1.556.880 por daño psicológico, suma que incluyó el tratamiento recomendado por la perito, quien había señalado una reacción emocional con manifestaciones depresivas y la necesidad de terapia semanal durante un año.

Además, la resolución concedió $250.000 para cubrir gastos médicos, medicamentos y traslados; $182.200 por las reparaciones de la motocicleta, y $1 millón por pérdida de chance. Este último rubro se vinculó con una designación laboral que había sido dejada sin efecto después del accidente y durante el período de licencias médicas. El juzgado rechazó gastos futuros porque la pericia médica no indicó tratamientos posteriores necesarios.

La condena deberá abonarse dentro de los 60 días posteriores a que la liquidación quede firme y sea aprobada. El fallo estableció intereses del 6% anual desde el accidente, ocurrido el 30 de abril de 2022, hasta la sentencia. Desde entonces y hasta el pago completo, se aplicará la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Las costas del proceso fueron impuestas a la municipalidad.

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