
El juez federal Sebastián Casanello rechazó in límine el planteo del ex director de ANDIS Diego Spagnuolo, quien, a través de su defensa, esta semana volvió a pedir su sobreseimiento y la nulidad de la causa en la que se lo investiga. Su abogado, Mauricio D’Alessandro, había renovado el reclamo con un peritaje de una empresa privada que detectó un 65% de probabilidades de que las escuchas hayan sido manipuladas con inteligencia artificial.
Según pudo saber Infobae de fuentes judiciales, la petición de la defensa se descartó sin revisión porque la discusión sobre la validez y legalidad de los audios ya se está dando en la Cámara Federal. La Sala II, integrada por Martín Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah, tiene bajo análisis las posturas de los imputados y la Fiscalía.
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El objetivo del planteo es anular la resolución del 21 de agosto del juez Casanello que, a pedido del fiscal Franco Picardi, le dio curso a la investigación. También hay un segundo incidente que reclama el cierre de la causa porque, según las defensas, las presuntas irregularidades entre la ANDIS y las droguerías ya se habían investigado en una causa anterior que resultó archivada por inexistencia de delito.
Estas dos jugadas para dar marcha atrás con la causa fueron iniciadas por la defensa de la familia Kovalivker, dueña de la droguería Suizo Argentina, representada por el abogado Martín Magram. Luego se plegó Spagnuolo con argumentos casi idénticos.
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Al pedir su sobreseimiento, la defensa del exfuncionario expuso que “los alegados audios parecerían (según lo expresado en el informe pericial) que fueron obtenidos por medios subrepticios por un tercero que no fue partícipe de la conversación. Elemento que abona sustento a la ilegalidad que se habría desenvuelto para la obtención de aquellos audios”.
En otras palabras, sospechan que Spagnuolo sufrió espionaje, aunque de momento no haya pruebas firmes para plantearlo en esos términos.
D’Alessandro sostuvo que la acusación usó las grabaciones como prueba para iniciar la causa y que, si se comprueban ilegales, aplicaría la teoría del fruto del árbol envenenado, una doctrina por la cual se sostiene que si la prueba inicial de una causa es ilícita o está adulterada, todo lo que resulte de ella también es inadmisible.
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El fiscal Picardi, cuando defendió su caso ante la Cámara, planteó que el disparador no fueron los audios cuestionados, sino todo un universo de indicios de corrupción.
Como ejemplo mostró el decreto con el que el presidente Javier Milei desplazó de sus cargos a Spagnuolo y al exdirector de Acceso a los Servicios de Salud de la ANDIS, Daniel Garbellini, previo al inicio de la investigación.
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De hecho, en el dictamen con el que pidió las 15 declaraciones indagatorias que están en curso ni siquiera hizo menciones a las grabaciones, con lo que buscó darle un curso independiente a su investigación.
La discusión jurídica acerca de la validez de los audios de Spagnuolo como prueba y si es que estos fueron el puntapié inicial del expediente está próxima a ser dilucidada por la Sala II. Según pudo saber Infobae de fuentes que siguen los pormenores del expediente, los jueces ya avanzaron en el estudio del caso y podrían resolver esta misma semana.
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Qué dice el peritaje de Spagnuolo
El informe pericial fue elaborado por la empresa especializada Graudio Forensics, que tiene base en Madrid, España. El estudio técnico analizó la autenticidad y la integridad del audio extraído de la transmisión de YouTube del canal de streaming Carnaval, que reveló las escuchas, más no de los fragmentos que los periodistas entregaron en un pendrive a la Justicia.
El peritaje concluyó que el archivo de audio analizado no mantuvo continuidad temporal y mostró múltiples cortes, ediciones y otros sucesos electroacústicos, que son “compatibles con la edición y manipulación intencionada”.
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“Mediante el espectrograma se pueden visualizar 18 microcortes de audio (ausencia total de señal), de diferente duración cada uno, compatible con la edición y manipulación (corte pega) de audio”, concluyó el estudio solicitado por la defensa.

La herramienta forense utilizada, de nombre STC SIS II (IKAR Lab3), que se basa en una red neuronal profunda, arrojó una estimación de probabilidad del 65% sobre la existencia de voz creada con inteligencia artificial. Sin embargo, no especifica qué frases o palabras estarían adulteradas puntualmente.
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El informe de Graudio Forensics aclaró además que, para tomar una determinación definitiva sobre la existencia parcial o total de inteligencia artificial, se necesitaría analizar otros rasgos del habla, como el ritmo, la entonación y el acento, algo que no fue posible debido a que el archivo era una secuencia incompleta.
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