
El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak le pidió al Ministerio de Seguridad nacional que no haya filmaciones ni requisas sin una orden judicial previa durante movilización convocada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en contra de las modificaciones a la legislación laboral que incluyen el DNU de desregulación de la economía y el proyecto de ley ómnibus. Sin embargo, el magistrado rechazó un planteo de inconstitucionalidad contra el protocolo antipiquete.
“Exhortando a las autoridades del Ministerio de Seguridad de la Nación que se mantenga el lineamiento oportunamente informado por esa cartera ministerial, y se abstenga de expedir órdenes a las fuerzas de seguridad bajo su órbita que impliquen que el próximo miércoles 24 de enero, se filmen y/o se intercepten a personas en la vía pública -particularmente a bordo de transportes públicos o en los accesos a las unidades de trenes, todo ello dentro de la jurisdiccional territorial de este Juzgado- con el fin de identificarlas y/o requisarlas sin orden judicial previa, y sin que se presenten alguna de las circunstancias previstas por el art. 230 bis CPPN”, dice la resolución a la que tuvo acceso Infobae.
Kreplak se expidió a raíz de un habeas corpus presentado por un puñado de militantes que aseguraron que “ya fueron víctimas de filmaciones y/o de requisas” sin orden judicial en las movilizaciones del 20 y 23 de de diciembre. La presentación menciona operativos puntuales en autopistas y en estaciones de trenes.
Antes de resolver, el juez le pidió un informe al Ministerio de Seguridad que conduce Patricia Bullrich. La respuesta estuvo a cargo de Fernando Soto, Director de Normativa y Enlace Judicial de esa cartera, quien aseguró que “no se ha expedido, ni está previsto expedir, una orden dentro de la jurisdiccional territorial de Vuestro Juzgado dirigida a las fuerzas de seguridad (ya sea de manera escrita o por cualquier otro medio) en relación a la movilización prevista para el próximo día 24 de enero, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para filmar y/o interceptar a personas en la vía pública -ni a bordo de transportes públicos o en los accesos a las unidades de trenes-, con el fin de identificarlas y/o requisarlas...”.

Sin embargo, el juez exhortó a que las fuerzas de seguridad no hagan requisas sin orden judicial, y reclamó que durante cada procedimiento “se labre el acta pertinente para el posterior control jurisdiccional”.
“La filmación y/o interceptación de personas con el fin de identificarlas y/o requisarlas, sin orden judicial previa, implicaría un cercenamiento ilegítimo de la libertad ambulatoria, además de la afectación de otros derechos de raigambre constitucional. Y las irregularidades se verían aún más agravadas si la intervención policial que incluyan requisas no se plasmara en las actas pertinentes para su posterior control jurisdiccional, como habría sucedido, según sostienen los accionantes, en las jornadas del 20 y 23 de diciembre pasados”, sostuvo Kreplak.
Al margen de las recomendaciones, el juez federal rechazó un pedido de los militantes para que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del protocolo antipiquetes. “No se verifica vinculación suficiente entre la cuestión de fondo que habilita la acción de hábeas corpus interpuesta en este caso, y lo normado en la referida resolución”, sostuvo el juez. Y agregó que “no se justifica el tratamiento de dicho planteo en esta oportunidad, máxime si se tiene en cuenta que dicha cuestión requiere un análisis y tratamiento pormenorizado, que no puede abordarse en el marco de la urgencia e inmediatez que debe darse al trámite del habeas corpus”.
La medida de fuerza de este miércoles, que involucra una movilización hacia el Congreso de la Nación, comenzará a partir de las 12 horas y concluirá a la medianoche, afectando el normal funcionamiento de diversas actividades y servicios en el Área Metropolitana de Buenos Aires.
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