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La prórroga del impuesto de circulación en Guatemala extiende el pago sin recargos hasta diciembre de 2026

La medida ya vigente amplía el plazo para regularizar el tributo que vencía el 31 de julio y exonerar multas, moras e intereses entre el 1 de agosto y el 12 de agosto

Calcomanía rectangular roja, blanca y azul en un parabrisas con texto 'CALCOMANÍA IMPUESTO DE CIRCULACIÓN 2026' y el escudo de Guatemala, con vehículos y edificios borrosos de fondo.
Una calcomanía oficial en el parabrisas de un vehículo indica la prórroga del impuesto de circulación en Guatemala hasta el año 2026. (Imagen Ilustrativa Infobae)
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La prórroga del Impuesto sobre Circulación de Vehículos en Guatemala ya está vigente y extiende hasta el último día hábil de diciembre de 2026 el plazo para pagar el tributo sin recargos, una medida que busca dar margen a los propietarios que no cumplieron antes del 31 de julio y aliviar el impacto económico que, según los diputados, han causado el alza de los combustibles y de la canasta básica.

La ampliación beneficia a la porción de contribuyentes que seguía pendiente del trámite. Hasta el 3 de agosto, la información de comunicación social de la SAT registraba 5,37 millones de vehículos con el impuesto pagado, equivalentes al 81% del parque sujeto al cobro, mientras 1,40 millones seguían en mora, un 19% del total.

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La norma fue oficializada con la publicación del Decreto 19-2026 en el Diario de Centro América y entra en vigor el 12 de agosto. El texto establece que las multas, moras e intereses por falta de pago quedan exonerados desde el 1 de agosto hasta la entrada en vigencia de la ley temporal.

El cambio responde a una decisión del Congreso de la República, que aprobó la medida de urgencia nacional en un solo debate. El decreto recibió 130 votos a favor, tres en contra y registró 27 ausencias.

Dos páginas de un decreto legislativo de Guatemala con escudo nacional, texto, firmas y un sello redondo que dice Congreso de la República de Guatemala.
Un decreto del Congreso de la República de Guatemala muestra la extensión del plazo para el pago del impuesto sobre circulación de vehículos terrestres. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La prórroga permite pagar hasta diciembre sin multas ni intereses

La disposición responde de forma directa a la situación de quienes no pagaron dentro del plazo ordinario: podrán regularizar el ISCV hasta diciembre de 2026 sin que se les cobren los recargos generados por el atraso durante el período cubierto por la ley. Después de esa fecha volverán a aplicarse las disposiciones y recargos previstos en la legislación tributaria.

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El presidente Bernardo Arévalo, el ministro de Finanzas Públicas Jonathan Menkos y el secretario general de la Presidencia Juan Gerardo Guerrero firmaron el decreto aprobado por el Congreso el 29 de julio. La ley temporal autoriza la extensión del plazo para el ejercicio fiscal 2026 y mantiene abierta la posibilidad de pago durante varios meses adicionales.

La ampliación permite que los contribuyentes pendientes realicen el pago cuando dispongan de recursos más adelante en el año, incluido el período de aguinaldo, una de las razones mencionadas por los diputados para justificar la medida.

Para completar el trámite, los propietarios deben ingresar al portal de la Superintendencia de Administración Tributaria, verificar el monto correspondiente y efectuar el pago. Una vez hecho, podrán actualizar la tarjeta de circulación, documento vinculado al cumplimiento anual de esta obligación.

El impuesto de circulación sostiene una meta de Q. 1.495,13 millones

Los datos de recaudación muestran el peso fiscal del tributo. Hasta la fecha consignada por la SAT, el cobro acumulado ascendía a Q. 1.271,47 millones, equivalente al 85% de la meta fijada para 2026, que es de Q. 1.495,13 millones.

El universo de vehículos registrados asciende a 6.674.731 unidades. De ese total, 3.401.187 son motocicletas, 2.844.187 corresponden a vehículos particulares y 429.379 a vehículos comerciales; además, se reportan 110 mil vehículos inactivos.

La publicación también precisa que la tarjeta de circulación y la calcomanía correspondientes a 2025 mantendrán su validez hasta el 31 de diciembre de 2026 como efecto de la ampliación. Aun así, sigue siendo obligatorio para conductores de vehículos y motocicletas portar licencia de conducir, tarjeta de circulación y calcomanía.

La entrada en vigor de la prórroga también modifica los controles en la vía pública. El Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil no verificará el pago del impuesto durante los operativos ni impondrá sanciones por ese incumplimiento, mientras la Policía Municipal de Tránsito indicó que no realizará operativos relacionados con esa verificación hasta 2027.

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