El presidente Arévalo veta reformas al Código Penal sobre delitos sexuales entre adolescentes por riesgo de criminalizar su sexualidad

La administración encabezada por Bernardo Arévalo considera que las modificaciones legislativas permitirían sancionar penalmente actos consentidos entre menores de más de 14 años, contradiciendo recomendaciones internacionales sobre justicia juvenil

Guardar
Google icon
Infografía del veto presidencial en Guatemala: un mazo golpeando un documento "VETO", el Congreso, figuras de adolescentes, y símbolos de justicia e incompatibilidad.
El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, vetó el Decreto 10-2026 sobre delitos sexuales para evitar la criminalización de la sexualidad adolescente y proteger sus derechos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, resolvió vetar el Decreto 10-2026 que introducía reformas al Código Penal y a la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas.

Argumentó que las modificaciones presentan violaciones a la Constitución y afectarían la protección de los derechos de los adolescentes.

PUBLICIDAD

El Acuerdo Gubernativo 68-2026, publicado el miércoles 6 de mayo, oficializó esta decisión, al destacar que las nuevas disposiciones adoptadas por el Congreso suprimirían elementos claves para la tipificación clara y segura de delitos sexuales entre adolescentes, generando un marco normativo ambiguo y contradictorio con los compromisos internacionales del país, según detalló el acuerdo ejecutivo difundido por la agencia oficial.

En su análisis, el Ejecutivo precisó que las reformas contenidas en el Decreto 10-2026 modifican los artículos 173 y 173 Bis del Código Penal, eliminando el requisito del uso de violencia o prevalimiento como condición para configurar los delitos de violación y agresión sexual entre adolescentes.

PUBLICIDAD

Arévalo advirtió el riesgo de ambigüedad legal: “Al suprimir el uso de la violencia o prevalimiento como elemento del tipo penal para sancionar conductas entre adolescentes, el legislador crea un tipo penal ambiguo. Además, la ausencia de un elemento objetivo diferenciador entre el sujeto activo y pasivo, en el contexto de actos sexuales consensuados, impediría al juez competente determinar con certeza jurídica quién es el autor del delito y quién la presunta víctima”, recogió el acuerdo de veto publicado el 6 de mayo en el Diario Oficial.

El decreto vetado por el presidente Arévalo, de acuerdo con los diputados que marcaría un cambio profundo en la protección de los menores, prohibiendo de manera expresa las relaciones sexuales entre adultos y personas menores de 14 años.

Esta reforma, respaldada por 126 votos a favor, surgió como respuesta a un vacío normativo vigente desde 2009, que hasta ahora permitía la impunidad de adultos que mantenían relaciones sexuales con adolescentes de 14 años recién cumplidos, lo que generó una crisis social y legal.

El veto se fundamenta en el peligro de criminalizar la sexualidad consensuada entre adolescentes

De acuerdo con el texto oficial: “porque habilitaría la posibilidad de que el poder punitivo del Estado persiga y sancione conductas producidas entre menores de edad y mayores a catorce años que, al no mediar violencia de ningún tipo ni prevalimiento, podrían ser actos realizados con consentimiento conforme al desarrollo de la personalidad de los adolescentes sin que conlleven un daño a derechos o bienes jurídicos tutelados de persona alguna”.

Documento de política de sexualidad adolescente con sello 'VETO'. Jóvenes de pie sobre el texto y un sello gubernamental al fondo.
Un documento de política de sexualidad adolescente marcado con un sello de 'VETO' simboliza la protección de la sexualidad consensual entre jóvenes, evitando su criminalización. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Ejecutivo alertó que la falta de un elemento de violencia o aprovechamiento de superioridad obstaculiza la determinación del dolo, la voluntad del autor y la valoración efectiva del daño causado, que son componentes claves para juzgar la culpabilidad y graduar la sanción. El acuerdo gubernativo puntualizó: “Suprimir el medio de violencia o aprovechamiento de superioridad para alcanzar el resultado del delito y ser el sujeto activo de este, provocaría incertidumbre para determinar el dolo o voluntad del autor menor de edad y medir el daño causado conforme a lo realizado y propuesto en la fase interna del delito, parámetros que son imprescindibles para determinar el nivel de culpabilidad y la medida de la sanción a imponer”.

Para el Gobierno, criminalizar las conductas sexuales consensuadas y no violentas entre adolescentes sería una medida regresiva dentro del sistema de justicia juvenil. El acuerdo remarcó que esto ignora el equilibrio necesario entre la protección estatal y el respeto al desarrollo evolutivo de los menores, además de imponer castigos desproporcionados a conductas que no se penalizan en adultos. El Ejecutivo citó las Observaciones Generales del Comité de los Derechos del Niño para señalar que el Estado guatemalteco debe abordar la sexualidad adolescente desde la salud integral y no desde la acción penal.

Vista amplia del hemiciclo del Congreso de la República de Guatemala, con numerosos diputados en sus curules, pantallas digitales y la bandera nacional al fondo
Diputados participan activamente en una sesión plenaria dentro del histórico Palacio del Organismo Legislativo del Congreso de la República de Guatemala, con pantallas digitales visibles. (Congreso de la República de Guatemala)

Arévalo devuelve el Decreto 10-2026 al Congreso alegando inconstitucionalidad

El acuerdo también expuso que las reformas aprobadas son incompatibles con la protección a la salud de los adolescentes y resultan contrarias a los tratados internacionales en derechos humanos firmados por Guatemala. Así, el presidente Arévalo instruyó la devolución del Decreto 10-2026 al Congreso, junto con observaciones jurídicas que sustentan la inconstitucionalidad de las reformas. Según el Ejecutivo, mantener el esquema sancionatorio propuesto supondría adoptar una política contraria al progreso en materia de derechos de la niñez y adolescencia, violando estándares constitucionales y convencionales internacionales sobre protección de la juventud.

Google icon

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD