El TSJM abre una pieza para ejecutar la anulación de las ZBE de Madrid y da 20 días al Ayuntamiento para alegar

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado abrir una pieza separada dentro de la ejecución de la sentencia que anuló las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) de la capital tras admitir a trámite la cuestión incidental promovida por la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que solicita la nulidad de una serie de actuaciones del Ayuntamiento de Madrid.

Así consta en una providencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a instancias de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), ha concedido un plazo de 20 días al Ayuntamiento de Madrid y al resto de las partes para presentar alegaciones.

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La organización de defensa de los conductores sostiene que esta actuación judicial pretende evitar que los afectados tengan que acudir de forma individual a los tribunales para lograr la anulación de las sanciones impuestas en aplicación de una normativa declarada nula.

AEA ha vuelto a reclamar al Gobierno municipal que preside José Luis Martínez-Almeida la paralización inmediata de los procedimientos de cobro y de los embargos que, según denuncia, la Agencia Tributaria de Madrid continúa ejecutando para reclamar multas derivadas de las restricciones de acceso a las ZBE.

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El presidente de la asociación, Mario Arnaldo, ha criticado la actuación del Consistorio y ha señalado que "el Ayuntamiento de Madrid no puede proyectar una imagen de administración tramposa ante los ciudadanos al pretender cobrar de forma ilegítima unas sanciones que la Justicia ya ha declarado nulas de pleno derecho". Asimismo, ha exigido la suspensión de los expedientes sancionadores y la devolución de las cantidades cobradas.

NUEVAS SENTENCIAS

Según AEA, distintos juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid continúan dictando resoluciones que rechazan la interpretación del Ayuntamiento, que limita los efectos de la nulidad a las sanciones impuestas en las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección de Distrito Centro y Plaza Elíptica.

La asociación afirma que las últimas sentencias del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 15, en línea con resoluciones anteriores de los juzgados números 29 y 34, consideran que deben anularse todas las multas de 200 euros impuestas por acceder a cualquier vía afectada por las ZBE de la capital.

AEA cifra el impacto potencial de estas resoluciones en más de 3,4 millones de expedientes sancionadores, por un importe superior a los 663 millones de euros, correspondientes a las denuncias formuladas hasta el 31 de diciembre de 2025.

La organización sostiene que las resoluciones judiciales se apoyan en tres fundamentos principales: que la anulación de los anexos y disposiciones de la Ordenanza de Movilidad deja sin contenido material el artículo que regulaba las restricciones; que en materia sancionadora debe aplicarse retroactivamente la norma más favorable al ciudadano mientras la sanción no sea firme; y que, al haber desaparecido la cobertura normativa que delimitaba las ZBE, el Ayuntamiento carece de base legal para mantener las sanciones.

ORIGEN DEL CONFLICTO

El conflicto se remonta a septiembre de 2024, cuando el TSJM declaró la nulidad de diversos preceptos esenciales de la Ordenanza de Movilidad Sostenible que regulaban las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid. Posteriormente, el Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento, dejando firme dicha resolución.

Ahora, con la apertura de la pieza de ejecución solicitada por AEA, el tribunal deberá determinar la forma en que debe cumplirse la sentencia mientras continúan produciéndose resoluciones judiciales sobre los recursos presentados por conductores sancionados.

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