
La Audiencia Provincial de La Rioja ha condenado a cuatro años de prisión al acusado de intentar matar con un hacha a un compañero de trabajo tras alcanzar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. El procesado, que permanece en prisión provisional, ha reconocido los hechos y aceptado la pena impuesta, inferior a los nueve años de prisión que el Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente por un delito de homicidio en grado de tentativa.
La sentencia impone además al condenado la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 150 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio durante seis años. Asimismo, deberá abonar al Servicio Riojano de Salud el coste de la asistencia sanitaria prestada al perjudicado.
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La víctima, que compareció en el acto del juicio, renunció expresamente a percibir la indemnización de 10.975 euros que la Fiscalía había solicitado por las lesiones, las secuelas y los daños morales derivados de la agresión.
LOS HECHOS
Los hechos ocurrieron el 20 de septiembre de 2024, cuando varios trabajadores finalizaban su jornada laboral y se disponían a regresar a sus domicilios en un mismo vehículo. Durante el trayecto, el acusado realizó comentarios despectivos hacia las personas de origen andaluz, afirmando que "todos los andaluces y malagueños eran mala gente". Después de que uno de sus compañeros, natural de Andalucía, le respondiera que no todos eran iguales, ambos iniciaron una discusión.
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En el transcurso del enfrentamiento, el acusado se dirigió a una caseta de la nave, cogió un hacha y se acercó a su compañero, que ya había descendido del vehículo. Tras amenazarle con la expresión "te voy a matar", le asestó un golpe en la cabeza que impactó en la región lateral-occipital. Posteriormente, ambos regresaron al vehículo y se desplazaron al Hospital de Calahorra para que el herido recibiera asistencia médica.
Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió una herida en la cabeza que requirió tratamiento médico-quirúrgico mediante 15 puntos de sutura y permaneció 15 días en situación de perjuicio moderado.
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Además, le ha quedado como secuela una cicatriz permanente en la región parieto-occipital, valorada con un perjuicio estético de tres puntos, así como el perjuicio personal derivado de la intervención quirúrgica practicada.
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