
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo tiene previsto juzgar el próximo martes, 7 de julio, al acusado V.M.L.B., para el que el Ministerio Público pide ocho años de cárcel por un delito de homicidio en grado de tentativa al agredir a su pareja en Horcajo de Santiago (Cuenca).
Los hechos, según el escrito de acusación al que ha tenido acceso Europa Press, se remontan a septiembre de 2024 cuando en un domicilio de la citada localidad conquense el acusado cogió por el cuello fuertemente a su pareja A. con la finalidad de asfixiarla, para después propinarle patadas en la cabeza, el tórax, las piernas y arrastrarla.
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Además, continúa la Fiscalía, el procesado procedió después a hacerle a la víctima cortes en el brazo y en el cuello con una botella de cristal rota.
Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió una herida de siete centímetros abierta, superficial y no sangrante en antebrazo izquierdo; una herida de cinco centímetros abierta y superficial en lateral derecho del cuello, múltiples hematomas en el brazo izquierdo, laceraciones superficiales en brazo en antebrazo derecho y múltiples ematomas en el brazo derecho.
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También sufrió un moratón de seis centímetros en el glúteo izquierdo, un hematoma de otros seis centímetros en el muslo derecho y un moretón de tres centímetros en la pierna izquierda. Para todo ello precisó una primera asistencia facultativa consistente en curas, de modo que la lesión en el antebrazo izquierdo podría haber requerido de puntos de sutura pero dado el tiempo de evolución de la lesión no se ha consideró este tratamiento.
Además de la asistencia necesitó para su curación 15 días con perjuicio básico y a causa de estos hechos le quedaron secuelas consistentes en una cicatriz en la parte lateral derecha del cuello y otra en antebrazo izquierdo.
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En septiembre de 2024 se dictó auto por el Juzgado de Instrucción no 1 de Tarancón con la prohibición de que el acusado se aproximara a A. a una distancia inferior a 500 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar en el que la misma frecuente, aunque no estén ellos, así como prohibición de comunicarse con ellas por cualquier medio, incluidos los telemáticos o redes sociales durante la tramitación de la causa.
Los hechos son constitutivos un delito de homicidio en grado de tentativa del que el Ministerio Público considera como autor al acusado, concurriendo en el mismo la circunstancia agravante mixta de parentesco.
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