
La Audiencia Nacional ordenó este jueves a la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) que los anexos de sus informes policiales se ciñan estrictamente a los hechos investigados y excluyan datos personales ajenos a la causa. Se trata de una resolución dictada en el marco del caso Plus Ultra en el que está investigado el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por tráfico de influencias y blanqueo de capitales.
El auto, al que ha tenido acceso Infobae, fechado el 3 de julio de 2026 y firmado por el magistrado-juez José Luis Calama, responde a un escrito presentado el 25 de junio por la defensa de Zapatero. En él, el procurador Roberto Primitivo Granizo Palomeque solicitó medidas urgentes tras la filtración a medios de comunicación de documentación personal del expresidente incluida en el último informe de la UDEF, el número 2910/26: agendas íntegras de 2024 y 2025, y un volcado de más de 1.000 páginas de conversaciones de WhatsApp con su secretaria, Gertrudis Alcázar.
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La parte dispositiva del auto ordena librar un mandamiento a la UDEF para que, en adelante, “los anexos que se incorporen a sus informes se limiten estrictamente a los hechos a los que estos hagan referencia, evitando la inclusión de información innecesaria o irrelevante para el objeto del procedimiento, así como de datos personales ajenos a los hechos investigados”. El juez Calama invoca expresamente los principios de necesidad y proporcionalidad que rigen el tratamiento de datos en el ámbito penal.
Las filtraciones, el detonante
La resolución tiene su origen directo en una cadena de filtraciones que el propio tribunal había reconocido días antes. El 25 de junio, el juez Calama acordó abrir una investigación para determinar la autoría de las fugas de información, al advertir que “las diligencias de instrucción tienen carácter reservado” y que su difusión pública “solo puede obedecer al quebrantamiento de la obligación de reserva por parte de quienes tienen acceso legítimo a las actuaciones”, según informó Infobae.
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En ese contexto, la defensa de Zapatero apuntó directamente a la UDEF como posible origen de las filtraciones, al señalar que los anexos del informe 2910/26 eran los únicos documentos del procedimiento que se habían subido a la plataforma Cloud sin marca de agua identificativa.
El juez, en el auto de este jueves, reconoce que el riesgo de fuga no reside en accesos externos no autorizados, sino en “la extracción del documento por parte de usuarios con acceso legítimo, seguida de su transmisión a terceros mediante canales no controlados”. Para reforzar la seguridad, ordenó también librar oficio a la Subdirección General de Impulso e Innovación de los Servicios Digitales para que valore medidas adicionales, como la deshabilitación de las funcionalidades de descarga e impresión de documentos en la plataforma, de modo que los usuarios puedan visualizarlos pero no generar copias.
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El informe 2910/26 y la acusación contra Zapatero
El detonante de la causa en su fase actual es el informe 2910/26 de la UDEF, que apunta a que Zapatero cobró 200.000 euros a través de la mercantil Focus Social Research por actuar como intermediario ante el Gobierno de Bolivia en favor del grupo empresarial peruano Gloria, facilitando que esta empresa saliese beneficiada en una operación de quita de deuda con el Estado boliviano. Sobre esa base, el juez Calama le dio la condición de investigado el 18 de mayo de 2026 por tráfico de influencias y blanqueo de capitales.
La defensa del expresidente, dirigida por el catedrático de Derecho Procesal Víctor Moreno Catena, sostiene que ese informe policial va más allá del perímetro fijado por el auto del 18 de mayo y que la UDEF habría realizado una “investigación prospectiva y no autorizada” al analizar de forma masiva información obtenida en los registros. Por ello, solicitó también al juez que devuelva el informe 2910/26 a la unidad policial y lo desglose de las actuaciones. Sobre ese punto concreto, el auto de este jueves señala que se resolverá en una resolución separada.
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La estrategia procesal de la defensa
La acumulación de peticiones de la defensa de Zapatero se inscribe en una estrategia orientada a cuestionar la validez del procedimiento. Junto con las medidas de protección de datos, la representación del expresidente ha solicitado la nulidad de la causa al alegar vulneración de garantías procesales, del derecho a la presunción de inocencia y del secreto de las comunicaciones.

El escrito presentado ante el juez Calama el 25 de junio describía como un “auténtico disparate” la incorporación al informe policial del volcado íntegro del chat entre Zapatero y su secretaria. “La vida del Sr. Rodríguez Zapatero no puede ser sometida al escrutinio de la unidad policial, a su propio criterio y conveniencia, sin justificación alguna, sin autorización judicial otorgada a medio de una resolución motivada que aprecie la existencia de indicios de criminalidad sobre unos concretos hechos”, rezaba el texto.
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El caso Plus Ultra, que originalmente investigaba la concesión de un rescate público a la aerolínea homónima durante la pandemia, derivó hacia Zapatero tras las pesquisas de la UDEF sobre las actividades de la empresa Focus Social Research y su vinculación con el grupo Gloria. El volcado de los dispositivos intervenidos en la causa aún no ha sido puesto a disposición de las partes: una vez concluya su análisis, quedará accesible en la plataforma Cloud exclusivamente para el titular de los dispositivos y el Ministerio Fiscal, con acceso restringido para el resto de las partes hasta que se complete el expurgo de contenidos sin relevancia penal.
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