El Supremo condena al Estado a pagar 2,5 millones de euros a un hombre que pasó 15 años preso por error judicial

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El Tribunal Supremo ha condenado al Estado a indemnizar con 2,5 millones de euros por daños y perjuicios a Ahmed Tommouhi, que pasó 15 años en prisión por delitos de violación de los que finalmente fue absuelto al apreciarse error judicial en su condena.

Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo en una sentencia, recogida por Europa Press, en la que revoca el fallo de la Audiencia Nacional que confirmó la decisión del Ministerio de Justicia de no indemnizar al hombre, al considerar que no concurría "error judicial en los términos de error craso o evidente".

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No obstante, la Sala concluye ahora que "resulta de forma directa, clara o inequívoca la existencia de una equivocación cualificada" caracterizada por "la omisión de una prueba pericial objetiva", su "carácter incompatible con la hipótesis incriminatoria, su potencial determinante del fallo y la consiguiente quiebra del proceso lógico de formación de la convicción judicial".

En tales condiciones, entiende que la exigencia de una declaración previa de error judicial "ha de entenderse cumplida, en la medida en que dicha declaración se desprende, de forma inequívoca, del contenido mismo de la sentencia de revisión".

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Los hechos se remontan a la noche del 9 al 10 de noviembre de 1991 en los municipios tarragoneses de La Secuita y La Bisbal, "misma época" en la que "se produjeron una serie de hechos similares por la zona", alegaba la defensa. Las otras dos condenas fueron por hechos acaecidos en Olesa el 5 de noviembre de 1991 y en Cornellá el 7 de noviembre del mismo año.

Fue en 1997 cuando la Sala Segunda del TS anuló la sentencia recaída por lo sucedido en Olesa, que le condenó a 51 años de cárcel por delitos de violación, robo y secuestro.

Hubo que esperar hasta 2023 para que el alto tribunal hiciera lo mismo con el fallo por lo ocurrido en Cornellá, que le condenó por dos delitos de violación y dos faltas de lesiones a 24 años y 22 días de prisión.

Después de que el Supremo anulara en 2023 la segunda condena, por los hechos ocurridos en Cornellá, Tommouhi acudió al Ministerio de Justicia para reclamar una indemnización de 3,6 millones de euros, más los correspondientes intereses legales, pero se la denegaron. Se dirigió entonces a la vía judicial, donde la Audiencia Nacional (AN) también rechazó sus pretensiones

La Audiencia Nacional expuso que, para poder indemnizarle, deben concurrir dos circunstancias: que se haya producido una prisión provisional indebida y un error judicial. Respecto a lo primero, indicó que ya se le liquidó correctamente cuando se hizo el cálculo con los años de condena y, en cuanto a lo segundo, lo descartó porque --adujo-- la Audiencia de Barcelona "no desconoció el referido informe pericial".

"En función de las circunstancias concurrentes rechazó de manera motivada su relevancia, cuya motivación no fue compartida por la sentencia de revisión, que sobre la base de dicha prueba aplicó el principio 'pro reo' para absolver al interesado", argumentó la Audiencia Nacional.

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