
La defensa del 'expresident' de la Generalitat Carlos Mazón ha pedido al Juzgado de Catarroja que investiga la gestión de la dana el acceso íntegro a las diligencias abiertas por las inundaciones que el 29 de octubre de 2024 dejaron 230 víctimas mortales en la provincia, con inclusión de "todas sus piezas, anexos, documentos, informes, oficios, escritos, resoluciones, atestados, grabaciones, soportes audiovisuales, archivos digitales y demás documentación o información obrante en la causa".
El letrado del exjefe del Consell, que ha formulado esta solicitud tras la decisión de la Audiencia de Valencia de admitir su personación en el procedimiento, pide que se le indique "expresamente" la forma concreta en que puede acceder, obtener copia o disponer de toda la documentación e información relativa al expediente judicial, según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, y que ha quedado unido a la causa según se ha acordado a través de una diligencia de ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia.
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La LAJ le traslada que las resoluciones y las diligencias realizadas con anterioridad a la fecha de su personación se encuentran a su disposición en la oficina judicial mientras que las diligencias señaladas y pendientes con indicación de su naturaleza, fecha, hora y lugar --una segunda petición del expresident-- están en las resoluciones dictadas en el procedimiento.
La defensa de Mazón argumenta que, para que la personación acordada no quede reducida "a una mera declaración formal carente de eficacia práctica", resulta "imprescindible" que pueda acceder de forma íntegra a las actuaciones, "incluyendo tanto la documentación ya unida al expediente judicial como aquella que se encuentre en soporte físico, digital, audiovisual o en cualquier otro formato no accesible directamente a través del visor ordinario".
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Asimismo, para el caso de que, por razones técnicas, de volumen, de formato o de gestión del expediente no resulte posible el acceso directo e inmediato a toda la documentación desde el sistema habitual de comunicación procesal o desde el expediente judicial electrónico, pide que se le especifique la forma concreta para obtenerlo y que se le informe de si existen documentos, grabaciones, anexos, piezas o soportes que, por sus características técnicas o por no hallarse plenamente integrados en el expediente electrónico, deban ser solicitados, consultados o retirados por un cauce específico.
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