La legitimidad de un padre para recurrir la eutanasia de su hijo, a debate en el Supremo

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Madrid, 17 may (EFE).- El Tribunal Supremo determinará esta semana si un padre está legitimado para recurrir judicialmente la concesión de la eutanasia a su hijo, mayor de edad y con plenas capacidades, un caso similar al de Noelia, que murió en marzo tras practicarle la eutanasia después de un largo periplo judicial de más de año y medio.

Los 34 magistrados de la Sala de lo Contencioso del alto tribunal celebran este martes un pleno a puerta cerrada en el que fijarán jurisprudencia sobre un asunto que generó controversia: si un tercero ajeno a las administraciones que participan en el proceso puede intervenir para frenar la eutanasia que ha solicitado el paciente.

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Lo harán a partir del caso de un hombre de 54 años que discurrió en los juzgados catalanes en paralelo al de Noelia, la joven de 24 años afectada por una paraplejia, cuyo padre llegó a paralizar in extremis su muerte asistida con un recurso en los tribunales.

Tras un largo camino judicial impulsado por Abogados Cristianos, que representaba al padre de la joven, con diversos recursos desestimados, la eutanasia de Noelia se llevó a cabo el 26 de marzo en el Hospital Residencia Sant Camil de Sant Pere de Ribes (Bareclona), donde estaba ingresada.

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Lo que hará ahora la Sala de lo Contencioso es determinar los "requisitos y circunstancias que permiten establecer la concurrencia de un interés legítimo de un tercero (en este caso, un progenitor), con el fin de reconocer su legitimación en un procedimiento judicial" relacionada con la eutanasia solicitada por alguien "mayor de edad con plenas capacidades para decidir sobre su vida.

Un debate que llega a raíz del caso de un hombre de 54 años que solicitó la eutanasia alegando el sufrimiento que le causan las importantes secuelas que arrastra en el movimiento y el habla por tres ictus y dos infartos que sufrió.

Su padre recurrió el visto bueno de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña al alegar que estaba en juego el derecho a la vida y la obligación del Estado a protegerla, y subrayar que su hijo se encontraba en situación de vulnerabilidad porque padecía problemas de salud mental.

Un juzgado de Barcelona inadmitió su recurso en un auto que indicó que el hombre era una persona "capaz de ejercer de forma libre todos los derechos" y sin "ningún diagnóstico" de enfermedad mental. Vivía solo, no tenía buena relación con su padre y solicitó que no se comunicase a ningún familiar su petición.

Tanto el padre como la Fiscalía recurrieron al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que reconoció ese interés legítimo de un padre a recurrir la eutanasia.

El caso ha llegado al Supremo de la mano de la Generalitat de Cataluña, que alega en su recurso que la Ley Orgánica Reguladora de la Eutanasia (LORE) no contempla ninguna legitimación expresa a terceros para recurrir la concesión o denegación de la prestación de la eutanasia.

Un debate diferente al del caso de Noelia

Cuando inadmitió el recurso del padre de Noelia, el Supremo no debatió sobre su legitimación para recurrir la eutanasia de su hija porque no era objeto de impugnación. Previamente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña le había dado esa legitimación.

En este nuevo caso, el TSJC también ha avalado la legitimación del padre, si bien la Generalitat de Cataluña sí puso sobre la mesa la cuestión de la legitimidad de terceros en su recurso al Supremo.

La Sala de lo Contencioso del alto tribunal considera que la cuestión que ahora debe resolver trasciende este recurso en concreto y que la doctrina que fije en su futura sentencia podría tener una importante "vis expansiva" en otros casos similares. EFE

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