
Un acusado de proferir insultos racistas contra el jugador del FC Barcelona Marcus Rashford durante el partido de fútbol contra el Real Oviedo celebrado en el estadio Carlos Tartiere en septiembre de 2025 reconoció los hechos que le atribuía la Fiscalía del Principado de Asturias y admitió un delito contra la dignidad de las personas por motivos racistas. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial celebró hoy una audiencia preliminar en la que el acusado asumió su responsabilidad y aceptó 9 meses de prisión y una multa.
La denuncia de lo ocurrido la llevó a cabo LaLiga. Los hechos ocurrieron sobre las 21:30 horas del 25 de septiembre de 2025, cuando se inició la celebración de un partido de fútbol de primera división en el estadio Carlos Tartiere, en Oviedo, entre el Real Oviedo y el FC Barcelona. Sobre las 22:02 horas, cuando el jugador del equipo visitante de piel negra, iba a realizar un saque de esquina, el acusado (2007), con evidente desprecio al color negro de la piel del jugador, profirió contra él un grito con expresiones de carácter racista hacia su persona, claramente audibles y perceptibles por los diferentes asistentes al estadio, generándole sentimientos de frustración, vergüenza y humillación, con el consiguiente menoscabo de su dignidad intrínseca.
PUBLICIDAD
Concretamente, estas manifestaciones consistieron en gritar la expresión "negrata" que, como es público y notorio, tiene como finalidad ofender públicamente a futbolistas de piel negra durante el transcurso de un partido de fútbol.
Este hecho fue recogido por la cámara de uno de los asistentes al partido y publicado en la red social X, alcanzando a las 24 horas un total de 28.894.400 visualizaciones a través de distintas redes sociales y plataformas, además de periódicos, revistas, noticias en línea, televisión, radio, blogs, foros, Reddit, X, Google Plus, Youtube, Flickr, Foursquare, Mixcloud, Pinteres, Twich, Google Play, Tik Tok y podcasts, con el consiguiente incremento del sentimiento de humillación del jugador.
PUBLICIDAD
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución, en su modalidad de lesión de la dignidad de las personas por motivos, en concurso con un delito contra la integridad moral, a resolver con la penalidad prevista para el primero de ellos (lesión de la dignidad de las personas por motivos racistas).
Según informa Fiscalía, se apreció la atenuante de reparación del daño, ya que el acusado consignó la cantidad de 600 euros para cubrir parte de la responsabilidad civil.
PUBLICIDAD
Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó una condena de 9 de prisión, con inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 6 meses con una cuota diaria de 5 euros (900 euros), con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, e inhabilitación especial para profesión u oficio educativos en el ámbito docente, deportivo y de tiempo libre durante 3 años y 9 meses.
El Ministerio Fiscal informó a favor de que se conceda al acusado la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad siempre que se someta a un programa formativo contra el odio y la discriminación, abone la totalidad de la responsabilidad civil solicitada (2.000 euros) y se le prohíba acudir al campo ovetense, así como a los estadios donde se celebren partidos de fútbol de la Liga Profesional de 1ª y 2ª división durante 3 años.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD


