El TSXG reconoce el codo de tenista como enfermedad profesional de cajeras de supermercado

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido la epicondilitis, conocida popularmente como codo de tenista --lesión dolorosa por sobreuso de los tendones en la parte externa del codo--, como enfermedad profesional de cajeras de supermercado.

El fallo, con fecha de 24 de marzo de 2026, admite el recurso de una trabajadora contra Vego Supermercados (Eroski-Familia) y su mutua Fraternidad Muprespa, así como contra la Seguridad Social y revoca la sentencia de un juzgado de A Coruña. Ahora cabe interponer recurso de casación contra este fallo.

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La sentencia fija que "ha de concluirse" que el caso de incapacidad temporal de esta trabajadora "deriva de enfermedad profesional" debido a sus tareas desempeñadas.

Además, apunta a la discriminación por razón de género, puesto que el decreto apunta de enfermedades profesionales incluye el codo de tenista en profesiones masculinizadas (mecánicos o albañiles), pero no se incluye la categoría de cajera, profesión feminizada.

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La delegada de prevención da CIG --sindicato que ha representando a la trabajadora-- en Vego Supermercados (Eroski-Familia), Raquel López Reimúndez, esta dolencia "es muy habitual en el sector después de muchos años de movimientos repetitivos y forzados en las cajas sin que las empresas tomen las medidas preventivas necesarias".

Por ello, la representante sindical apunta a la "gran relevancia" de esta sentencia para el sector, compuesto principalmente por mujeres, que acumula años de dolencias por su empleo y que "no son reconocidas como derivadas del trabajo por las mutuas".

La trabajadora que presentó la demanda, Noelia Gerpe Meirás, valora: "Se reconoce lo que llevamos denunciando desde hace años en la CIG: las trabajadoras somos discriminadas hasta en la enfermedad".

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