Rechazados los recursos de directivos de la empresa "espina dorsal" del caso Arbistar

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Santa Cruz de Tenerife, 23 abr (EFE).- La Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de dos directivos de la empresa Venus, I. G. y A. C. y sus mercantiles, consideradas “espina dorsal” de la trama de estafa de criptomonedas de Arbistar, en los que se oponían a ser encausados en una pieza separada por el presunto delito de blanqueo de capitales.

A los investigados se les atribuye haber configurado “una estructura empresarial meramente formal, cáscaras vacías que se superponían, creadas bajo la órbita de Arbistar, constituidas por terceras sociedades, a su vez participadas o administradas por otras”.

A Venus se le atribuye servir para “la ocultación y desvío de capital que procedía de los inversores estafados” y la engloban en el grupo de las sociedades creadas “con escaso capital, sin apenas personal, sin contabilidad ni archivo”.

En el auto recurrido se apunta que el dinero de la empresa que blanquearía fondos de Arbistar, cuya sede estaba ubicada en el sur de Tenerife, fue manejado por ambos procesados “con la finalidad de ocultar su origen y titularidad” y procedía del “engaño a los inversores, es decir, del delito”.

Además, se recuerda que “colaborar con quien gestiona una trama de sociedades que no realizan actividad real alguna supone adquirir un conocimiento exacto del carácter fraudulento de la estructura de la que proceden los fondos”.

En este entorno se crearon en 2019 y 2020 empresas como Venus Solar Group y Venus Capital Real State por medio de las cuales adquirieron un inmueble, una finca y dos apartamentos en Gerona y se calcula que sólo en una de sus cuentas se llegaron a mover más de 9,5 millones en acuerdos financieros.

Los encausados disponían de un total de 1.554 bitcoins con un valor aproximado de 20 millones en noviembre de 2020.

A uno de los investigados se le atribuye haber dispuesto de fondos mediante transferencias a las sociedades de su propiedad y colaboradores, además de adquirir coches de lujo, una embarcación y pagar bienes y servicios “totalmente ajenos” a la actividad de Arbistar.

De esta forma, ambos habrían acometido el proceso de blanqueo “mediante una secuencia de actos programados que respondían a un esquema común”.

En este sentido, destaca la compra de empresas por cantidades que no se correspondían a su valor real, por lo que el lavado de activos “se inició con la ocultación, pasó por la confusión y llegó a integrar en un sistema bajo apariencia de legalidad”.

La dinámica era adquirir criptomonedas, compraventa de inmuebles, pago de alquileres con fondos sociales, préstamos particulares inexistentes o transferencias carentes de causa, entre otros hechos detectados.

Los acusados alegan que ya quedaron absueltos en la pieza principal por estafa y organización criminal, que Venus fue creada antes que Arbistar, y que su objeto social era asesorar en materia de bitcoins, y aseguran que el auto “mezcla transferencias y patrimonio propio con la actividad empresarial”.

Los abogados de la defensa apuntan que “ni siquiera de forma indiciaria se puede afirmar que eran conocedores de la actividad ilícita que llevaba a cabo Arbistar”.

De hecho, recuerdan que uno de los motivos por los que quedaron absueltos en la pieza principal fue que nunca se probó que estuvieran al tanto de la estafa piramidal y del origen delictivo de los fondos.

La Audiencia Nacional, sin embargo, sostiene que hay constancia de su posible participación en la trama al propiciar la conversión o apariencia de legalidad a bienes o activos de origen ilícito, provenientes de las irregulares ganancias obtenidas de la sospechosa actividad de captación de cuantiosas sumas dinerarias no devueltas.

Dada la complejidad de este tipo de fenómenos delictivos y la existencia de acusaciones, la Audiencia Nacional cree que debe ser en el juicio oral cuando puedan resolverse estas cuestiones.

En agosto de 2020, Arbistar comunicó que un error informático en el algoritmo había estado generando más interés del real, y esto había producido un descuadre de cuentas que impedía atender los reintegros solicitados.

Por el contrario, la investigación detectó que las cantidades eran “distraídas” y reingresaban al circuito económico a nombre de otras personas y sociedades mercantiles, lo que supuso una estafa de varios millones a miles de inversores de todo el mundo.

La Audiencia Nacional cree que Arbistar, persiguiendo un “enriquecimiento ilícito, desarrolló un negocio fraudulento de captación masiva de inversores, mediante la oferta de un método ficticio de arbitraje de criptomonedas”.

Para ello ofrecían una serie de sistemas automatizados que presentaban como herramientas “infalibles” capaces de detectar el momento exacto en el que comprar en una plataforma y vender en otra, sugiriendo la existencia de un entorno de inversión “perfecto” y sin fallos. EFE

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