
La Fundación Nacional Francisco Franco ha argumentado que la posible liquidación de la entidad conllevaría un daño irreversible a su existencia, a su reputación institucional y provocaría consecuencias que afectarían de forma definitiva su situación jurídica. De acuerdo con Europa Press, la fundación presentó estos argumentos en el marco del recurso admitido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que analizará la impugnación contra la resolución del Ministerio de Cultura para su extinción.
Según consignó Europa Press, la aceptación a trámite del recurso responde a la oposición de la FNFF frente a la decisión ministerial que, con base en la Ley de Memoria Democrática y la legislación sobre fundaciones, inició en junio de 2024 un procedimiento para solicitar judicialmente la extinción de la entidad. El Ministerio de Cultura emprendió esas acciones legales argumentando la presunta vulneración de la normativa vigente por parte de la fundación.
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Entre los argumentos expuestos por la FNFF, recogidos por Europa Press, figuran la supuesta caducidad del procedimiento administrativo iniciado por el Estado, la falta de fundamentos legales para promover la disolución y la alegación de que se vulnera su derecho de defensa. La fundación también sostiene que nunca ha utilizado expresiones humillantes hacia las víctimas del franquismo y defiende que ofrece una interpretación distinta del periodo histórico.
En el escrito presentado ante el TSJM, la fundación niega realizar apología del franquismo mediante el elogio del golpe de Estado, de la dictadura o de sus dirigentes. Añade que no incurre en menosprecio, incitación al odio ni a la violencia, argumentando que tales acusaciones carecen de consistencia en su caso.
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El recurso de la Fundación Nacional Francisco Franco, al que ha tenido acceso Europa Press, solicita además la suspensión cautelar del procedimiento de extinción. Alega que la continuidad del proceso podría generar un perjuicio irreparable, pues pone en riesgo su propia existencia y la de sus objetivos fundacionales. Señala que el procedimiento administrativo en su contra no se trataría solo de una medida de control por parte de la administración, sino de un proceso de carácter sancionador que tendría como consecuencia la desaparición de su personalidad jurídica y la disolución de su patrimonio.
La entidad, fundada hace cinco décadas, también sostiene que es la primera vez en la historia democrática reciente de España que su subsistencia legal se ve amenazada en estos términos. Europa Press recoge que la FNFF considera que su ilegalización implicaría una vulneración del artículo 34 de la Constitución Española, que regula el derecho de fundación, así como de otros derechos fundamentales como la libertad de expresión y de ideología.
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Europa Press detalla que el tribunal ha acordado el estudio del recurso, lo que implica la apertura de un proceso judicial para determinar la validez de los argumentos de la fundación frente a los fundamentos esgrimidos por el Ministerio de Cultura en su resolución. La ley en la que se apoya el Ejecutivo, la Ley de Memoria Democrática, establece mecanismos para la actuación administrativa en los casos en los que pueda apreciarse exaltación o justificación del franquismo, el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior.
El análisis judicial deberá abordar tanto las objeciones legales presentadas por la FNFF como las motivaciones aducidas por el Ministerio de Cultura, evaluando si la actuación administrativa se ajustó o no a las exigencias procesales y de garantías, además de valorar el alcance de los derechos fundamentales comprometidos en el expediente, según informó Europa Press.
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A lo largo de su recurso, la fundación argumenta que su actividad no constituye ningún tipo de enaltecimiento no permitido por ley, sino que responde a una función interpretativa histórica que no infringe los límites establecidos en la legislación sobre memoria democrática ni en la que rige las fundaciones. Parade la FNFF, la medida solicitada por el Gobierno supone un "procedimiento sancionador" cuyo desenlace podría suponer la "frustración definitiva" de sus fines y la desaparición de una entidad con medio siglo de operación.
El TSJM ha dispuesto el análisis de estos planteamientos, lo que situará en el foco judicial la legalidad del procedimiento seguido por el Ministerio y la protección de derechos y garantías constitucionales señalados por la fundación recurrente, de acuerdo con los detalles publicados por Europa Press.
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