
El órgano de gobierno del Congreso recibió el 19 de febrero un escrito enviado por José Luis Ábalos en el que solicitaba reconsiderar la negativa a concederle la indemnización que corresponde a los exdiputados que dejan su escaño. En ese documento, Ábalos argumentó que se había producido “una flagrante vulneración” de sus derechos pasivos como diputado, afirmando que la decisión carecía de “justificación alguna y sin cobertura legal”. Tras revisar este requerimiento, la Mesa del Congreso confirmó nuevamente la decisión de no conceder el pago solicitado, según detalló Europa Press.
De acuerdo con lo publicado por Europa Press, la razón principal que argumentó la Cámara Baja es que, en el momento de presentar su renuncia, José Luis Ábalos se encontraba suspendido de todos sus derechos como diputado debido a una decisión judicial en el marco de la investigación del caso 'Koldo'. Esta suspensión le inhabilitó para recibir cualquier indemnización por cese, puesto que, según los servicios jurídicos del Congreso, la pérdida del escaño no implica la recuperación automática de los derechos suspendidos con anterioridad.
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Europa Press reportó que la Mesa del Congreso añadió otro motivo para rechazar la solicitud de Ábalos: la indemnización por cese tiene como finalidad proteger a los exparlamentarios ante las dificultades económicas que puedan afrontar al reincorporarse a su actividad laboral anterior, especialmente porque no cuentan con cobertura por desempleo. Esta ayuda es incompatible con la percepción de cualquier otro ingreso, como jubilaciones u otro tipo de prestaciones. En este sentido, los servicios jurídicos de la Cámara recordaron que Ábalos ya cumple los requisitos legales para acogerse a la jubilación y él mismo había comunicado públicamente su intención de acceder a dicha pensión.
La Cámara remarcó que, además, Ábalos no había acreditado que fuera a renunciar a cualquier otro ingreso durante el periodo en que podría recibir la indemnización de exdiputado. Según los letrados citados por Europa Press, la legislación establece que alcanzar la edad y los requisitos para la jubilación es motivo suficiente para evitar la doble percepción de ingresos por parte de exparlamentarios, reforzando así la incompatibilidad entre la indemnización y la pensión de retiro.
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En el trasfondo del rechazo, pesa la circunstancia específica de que la suspensión de derechos de Ábalos derivó de una resolución judicial ligada al caso 'Koldo', por el cual había sido ingresado en prisión preventiva. La suspensión de derechos parlamentarios activa un mecanismo que bloquea la posibilidad de recibir cualquier prestación asociada a la condición de diputado, incluidos los pagos tras la renuncia.
Según indicó Europa Press, tras esta nueva negativa, la vía judicial permanece abierta para Ábalos, quien podría recurrir ante el Tribunal Constitucional si decide presentar un recurso de amparo en defensa de sus intereses. Por su parte, la decisión del Congreso queda respaldada por los argumentos jurídicos expuestos en el informe del secretario general de la Cámara, autoridad competente para reconocer o denegar indemnizaciones a exdiputados en situaciones de cese.
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El medio Europa Press explicó que la función de las indemnizaciones por cese responde a la naturaleza particular de la dedicación política, que no contempla cobertura por desempleo tras el abandono del escaño. No obstante, la normativa que establece esta prestación impide la compatibilidad con otros ingresos derivados de cualquier otra fuente, como en el caso de las pensiones contributivas.
Finalmente, el Congreso reiteró que la suspensión previa de derechos impide reconocer la indemnización, una posición sustentada en la interpretación que hacen los letrados de la Cámara de la normativa vigente y en la competencia exclusiva del secretario general para estos procedimientos. Esta postura se sostiene como respuesta oficial a la petición presentada por Ábalos y a sus afirmaciones sobre la supuesta vulneración de sus derechos como exparlamentario, consignó Europa Press.
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