
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) subrayó la dificultad que enfrentan niños y adolescentes para exteriorizar y recordar de manera precisa los episodios de violencia sexual a los que pueden verse sometidos, en referencia directa al caso evaluado. Según informó el medio, los magistrados señalaron que las víctimas de este tipo de delitos suelen interiorizar la experiencia traumática a través del silencio, la minimización o la fragmentación del recuerdo, lo que hace que los tribunales, y no los menores, deban asumir la responsabilidad de valorar la credibilidad de los testimonios. En este contexto, el TSJA confirmó la condena de cinco años de prisión para un hombre declarado culpable de un delito continuado de abuso sexual contra la hija menor de edad de su pareja, hechos que se produjeron entre el verano de 2019 y julio de 2021.
De acuerdo con lo publicado por la fuente original, el recurso de apelación interpuesto por la defensa del acusado contra la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Málaga fue rechazado por la máxima instancia judicial andaluza. Esto ratificó la decisión de considerar probada la conducta de carácter sexual del hombre hacia la menor, quien tenía 14 años al iniciarse los hechos y 15 en la última ocasión documentada por la sentencia. Los magistrados concluyeron que el acusado aprovechaba momentos en los que la menor se encontraba tumbada en el sofá para realizarle tocamientos y otros actos de índole sexual, y que en otra ocasión, después de salir de un bar, llevó a la adolescente a un parque donde repitió estos comportamientos y le advirtió que no lo revelara a su madre.
PUBLICIDAD
El medio reportó que los eventos generaron en la víctima una serie de secuelas psicológicas de gravedad, incluyendo episodios de ansiedad, angustia y varios intentos de autolesión. Para marzo de 2022, la joven estaba bajo tratamiento psicoterapéutico especializado, centrado en el afrontamiento de la experiencia traumática, la recuperación de un proyecto de vida y la gestión de las dificultades surgidas en las relaciones personales y familiares tras los hechos.
Tal como detalló la información recogida por la fuente, la sentencia también incluye una orden de alejamiento, que prohíbe al condenado acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante cinco años, así como una indemnización de 40.000 euros destinados a reparar el daño moral ocasionado. Los jueces concluyeron que no existía error alguno en la valoración probatoria realizada por la Audiencia Provincial de Málaga, considerando que las pruebas analizadas presentaron carácter incriminatorio y suficiente coherencia lógica para fundamentar la condena.
PUBLICIDAD
El TSJA hizo énfasis en que no resulta razonable exigir a menores de edad víctimas de abuso sexual que documenten o relaten cada episodio vivido, pues podría suponer la desprotección de quienes han atravesado circunstancias tan traumáticas, según consignó el medio. Asimismo, el Tribunal subrayó la necesidad de que los órganos de justicia asuman la responsabilidad de ponderar las declaraciones de las víctimas, ante la posible fragmentación de los recuerdos derivada del impacto psicológico.
En el desarrollo del caso, quedó acreditado, según determinó el órgano judicial y divulgó el medio, que las conductas imputadas se produjeron durante el periodo en que el acusado convivía en el mismo domicilio que la madre de la menor, manteniendo una relación sentimental estable con ella. Durante este tiempo, los episodios se repitieron hasta el incidente más reciente, ocurrido en julio de 2021.
PUBLICIDAD
El TSJA ratificó la sentencia argumentando que la convicción de la Audiencia Provincial sobre la culpabilidad del acusado se sustentó en pruebas suficientemente consistentes, descartando la existencia de errores materiales que afectaran a la resolución judicial. De acuerdo con lo reportado, la importancia de proteger el testimonio de los menores en contextos de violencia sexual fue uno de los aspectos destacados por los magistrados, quienes reiteraron la lógica y coherencia de la decisión adoptada en instancias anteriores.
El caso, difundido al detalle por la fuente, confirma tanto la pena de prisión como las medidas accesorias impuestas inicialmente, reflejando el criterio judicial de preservación de los derechos de las víctimas menores de edad frente a delitos de abuso sexual continuado.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

