Trabajo registra primer convenio colectivo para tripulantes de cabina de Ryanair en España

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Madrid, 17 ene (EFECOM).- El primer convenio colectivo para tripulantes de cabina de pasajeros de Ryanair DAC (la principal aerolínea del grupo) en España, acordado entre la compañía y el sindicato CCOO y que estará vigente hasta el 31 de marzo de 2030, ha quedado inscrito en el registro de convenios colectivos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este sábado una resolución de la Dirección General de Trabajo que registra y publica el convenio, que sólo contó con el apoyo de CCOO, mayoría de la comisión negociadora, y al que se opusieron los sindicatos USO y Sitcpla, que llevaron a cabo paros.

El convenio cubre a todos los tripulantes de cabina de la aerolínea en España y es de aplicación sólo a la actividad de transporte aéreo llevada a cabo por Ryanair DAC desde bases españolas, según recoge el texto.

El ámbito territorial del convenio incluye todas las bases de aeronaves de Ryanair DAC en España, así como a los tripulantes de cabina en desplazamientos voluntarios fuera de España con un contrato español.

El convenio, que entra en vigor con su firma, que tuvo lugar el pasado 27 de octubre, permanecerá vigente hasta el 31 de marzo de 2030 y las negociaciones para uno nuevo comenzarán a más tardar el 1 de septiembre de 2029, por lo que este primer convenio para los tripulantes de cabina de Ryanair en España se considerará denunciado automáticamente el 1 de septiembre de 2029.

Las relaciones laborales de los tripulantes de cabina de Ryanair DAC se regirán por el derecho español, y se someterán a la jurisdicción y competencia de los juzgados y tribunales españoles, según recoge el convenio.

Éste contiene una nueva estructura salarial, aplicable a partir de su firma, que proporciona incrementos en el salario global y el salario base, unos nuevos incrementos salariales y retributivos que sustituyen al antiguo bonus de productividad, que expiró el 31 de marzo de 2021.

En el apartado sobre vacaciones, el convenio dice que la integridad de los vuelos de los clientes será prioritaria en todo momento y, de conformidad con los contratos de trabajo individuales, Ryanair DAC se reserva el derecho a, en circunstancias excepcionales (fuerza mayor o casos fortuitos), reprogramar, posponer o cancelar las vacaciones anuales, si ello redunda en los intereses de los clientes.

No obstante, el convenio recoge que estas medidas únicamente se tomarán como último recurso y previa consulta individual con el tripulante en cuestión.

También señala que las vacaciones anuales de 2026 se asignarán de acuerdo con las normas acordadas para 2025.

El convenio también acuerda la constitución de un Comité Intercentros en la empresa, conforme a lo recogido en el Estatuto de los Trabajadores.

El Comité Intercentros estará compuesto por un máximo de 9 miembros, designados entre los integrantes de los comités de empresa de las distintas bases, manteniendo la proporcionalidad en los sindicatos conforme a los resultados electorales generales.

La empresa se reunirá trimestralmente con el Comité Intercentros, y esas reuniones reemplazarán a las que la empresa haría con los comités de empresa de las bases.

No obstante, el convenio recoge que, cuando haya razones locales justificadas para que el comité de empresa de una base concreta solicite una reunión con la empresa, esas reuniones podrán celebrarse adicionalmente.

Los tripulantes de cabina eran el único colectivo en Ryanair sin sin convenio y ahora la aerolínea ha llegado a un acuerdo para el mismo sólo con CCOO.

El convenio ve la luz después de que la Audiencia Nacional anulara en marzo del año pasado la mesa negociadora que se constituyó inicialmente para el primer convenio de tripulantes de cabina de Ryanair en España, al no celebrarse asambleas para designar a los representantes negociadores. EFECOM