
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) destacó en su fallo que la cifra de 400.000 euros impuesta como indemnización para una de las víctimas supone el monto más alto concedido en el Estado español en un caso de agresión sexual, de acuerdo con el abogado Ángel Aso Roldán. El TSJC indicó que esta cantidad no llega a compensar el daño experimentado por las víctimas, pero tampoco la consideró desproporcionada dada la gravedad de los hechos. Estas declaraciones forman parte de la sentencia hecha pública el miércoles, en la que el tribunal confirma la condena de 57 años de prisión a un hombre por delitos de agresión sexual a menores, elaboración de pornografía infantil e inducción a la prostitución, entre otros cargos, según reportó Europa Press.
Según detalló el medio Europa Press, la resolución del TSJC rechaza el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado y respalda íntegramente la sentencia impuesta en julio de 2025 por la Audiencia de Barcelona. El fallo original consideró al procesado responsable de dos delitos continuados de abuso sexual con penetración perpetrados contra menores de 13 años, dos delitos de captación y utilización de menores para la elaboración de material pornográfico, un delito de inducción a la prostitución de menor de edad y otro de pornografía infantil. Además de la condena a prisión, el tribunal estableció el pago de 80.000 euros como indemnización para una de las víctimas y de 400.000 euros para la otra.
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La sentencia especifica que el acusado comenzó a abusar sexualmente de su prima cuando esta tenía entre 6 y 7 años, en 2008, aprovechando la proximidad familiar para actuar en la vivienda de los abuelos. Los abusos escalaron en 2014 con la comisión de violaciones, y en 2015 el hombre utilizó imágenes que había capturado de la menor desnuda como instrumento de extorsión. Según el fallo al que accedió Europa Press, el acusado persuadió a la menor de que debía mantener relaciones sexuales tanto con él como con terceros, bajo amenaza de hacer públicas las fotografías.
Durante el juicio, que tuvo lugar en octubre de 2024, se estableció que la menor mantuvo relaciones sexuales con entre 15 y 20 hombres distintos en al menos 30 o 40 ocasiones, encuentros concertados por el propio acusado, quien incluso participó en algunos de ellos. El tribunal constató que los anuncios para ofrecer los servicios sexuales de la menor se publicaron en internet y fueron gestionados directamente por el procesado, quien asumía la identidad de la víctima para responder a los clientes interesados. Él se encargó de acordar los precios y determinar las prácticas sexuales, recogía o recibía el efectivo obtenido y conducía a la menor a los lugares concertados, la mayoría de ellos habitaciones de alquiler en Sabadell y Barcelona.
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Europa Press consignó que algunos de los anuncios localizados por los Mossos d'Esquadra figuraban incluso en la documentación del proceso judicial. Uno de ellos decía: “Chica de 18 años necesita dinero urgente, gente de fiar, serían 60 euros” como oferta para una concreta actividad sexual. El acusado, no solo gestionaba los anuncios y la logística de los encuentros, sino que también ejercía control sobre el dinero generado por la explotación sexual de la menor.
Por otro lado, según reportó Europa Press, el tribunal también halló probado que el procesado abusó de otra prima, esta vez cuando tenía entre 6 y 7 años, entre 2014 y 2016. El acercamiento inicial consistía en prometerle que podría jugar con una tableta o una consola, aprovechando situaciones en las que la niña quedaba al cuidado de los abuelos, y los padres no se encontraban presentes. En ambos casos, el acusado tomó fotografías de los abusos y almacenó las imágenes en dispositivos electrónicos personales.
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La sentencia documenta que, además de registrar y guardar evidencias de las agresiones sexuales perpetradas por él mismo y por “varones no identificados”, el condenado acumuló en sus archivos miles de imágenes y vídeos de niñas y adolescentes obtenidas a través de internet, en las que otros adultos cometían actos sexuales con menores. Según recopiló Europa Press, entre los ficheros incautados figuran imágenes datadas en 2013, cuando una de las víctimas tenía 11 o 12 años, así como documentos posteriores correspondiendo a abusos realizados por terceros cuya identidad no ha podido esclarecerse.
El TSJC argumentó que la Audiencia de Barcelona, en su fallo inicial, fundamentó de manera extensa y razonada tanto la gravedad de los hechos como las consecuencias para las menores afectadas. Según la resolución ahora confirmada, no existe desproporción alguna en las penas y compensaciones económicas impuestas, pues “los hechos son tan graves y sus consecuencias también, que no podemos más que compartir el criterio del tribunal”, recoge la sentencia, citada por Europa Press.
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La resolución judicial concluye que el condenado utilizó su posición de familiar y la relación de confianza para someter y explotar sexualmente a las menores a lo largo de varios años. El detalle y la lógica de la argumentación de la Audiencia fueron ratificados por el TSJC, que consideró que las indemnizaciones fijadas buscaban reparar en la medida de lo posible el menoscabo causado, aunque reconoció que el sufrimiento y el impacto en la vida de las víctimas trascienden cualquier cuantía económica que pueda imponerse.
Europa Press indicó, finalmente, que este caso constituye uno de los procesos penales con condenas más graves en el sistema judicial catalán en materia de delitos sexuales contra menores, así como uno de los de mayor compensación económica reconocida a las víctimas.
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